domingo, 14 de julio de 2013

LA TERCERA


Presentación
El 19 de marzo de 2009, el Agente de la República del Perú, Embajador Allan Wagner Tizón, ha presentado ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) la Memoria de nuestro país en el contencioso sobre de limitación marítima con Chile. La presentación se efectúa dentro del plazo establecido por la CIJ, que señaló el 20de marzo de 2009 como fecha límite para la presentación de la Memoria por el Perú.
La Memoria contiene una detallada exposición de los elementos de hecho y de derecho que fundamentan la demanda presentada por nuestro país el 16 de enero de 2008, así como las conclusiones y las peticiones que se formulan a la Corte para salvaguardar y hacer efectivos los derechos del Perú sobre su dominio marítimo. Al respecto, cabe recordar que la materia de la controversia jurídica bilateral se refiere a la delimitación de los espacios marítimos de ambos países, a partir del punto en que la frontera terrestre entre el Perú y Chile llega al mar, esto es, a partir del punto denominado Concordia, de conformidad con el Tratado de Lima de 1929.
El Perú ha solicitado que la Corte determine el límite marítimo entre ambos países sobre la base de los principios y las normas de la costumbre internacional, tal como ésta es recogida en las convenciones sobre derecho del mar y ha sido aplicada en la  jurisprudencia en los casos de de limitación marítima. De conformidad con tales principios y normas, corresponde el trazado de una línea equidistante a partir de las costas de ambos países para lograr una solución de equidad, ante la ausencia de circunstancias especiales en el área.
El Perú ha solicitado también que la Corte reconozca los derechos soberanos exclusivos que el Perú posee sobre el área de mar peruano que se extiende más allá de 200 millas marinas del territorio de Chile y que ese país considera altamar.
La Corte ha fijado el 9 de marzo de 2010 como plazo para la presentación de la Contramemoria por el Gobierno de Chile.
Dicho tribunal podrá autorizar o disponer posteriormente la presentación de una réplica por el demandante y de una dúplica por el demandado. Culminada la fase escrita, se continuará con la fase oral del proceso, luego de la cual la Corte Internacional de Justicia emitirá la sentencia correspondiente, que es obligatoria y definitiva para las partes.
La Memoria y los demás documentos que sean presentados por ambos países durante la fase escrita tienen carácter confidencial debido a la reserva del proceso que establece la Corte y serán hechos público al inicio de la fase oral.
Finalmente, es importante resaltar una vez más la vocación pacífica del Perú al recurrir a la máxima instancia judicial supra nacional para la solución del contencioso sobre delimitación marítima con Chile, lo cual confirma el firme compromiso de nuestro país con el principio internacional de solución de controversias por medios pacíficos.

Lima, 19 de marzo de 2009

José Antonio García Belaunde

Ministro de Relaciones Exteriores

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