DECRETO DECLARANDO REO DE ALTA
TRAICIÓN A
JOSÉ DE LA RIVA AGÜERO,
8 DE AGOSTO DE 1823
DON JOSÉ BERNARDO TAGLE, GRAN
MARISCAL DEL EJÉRCITO Y JEFE
SUPREMO POLÍTICO Y MILITAR DEL PERÚ,
ETC.
Por cuanto el Soberano Congreso se ha servido decretar lo
siguiente:
EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ
El escandaloso atentado cometido en Trujillo el 19 del pasado
julio por D. José de la Riva Agüero, es
el mayor de los crímenes de la sociedad. Después de estar depuesto
legítimamente por la Representación Nacional la ha disuelto a la violencia, y con fuerza armada, expatriando
a varios Diputados, y creando a su arbitrio un Senado de que él mismo se hace
Presidente. Hecho un sacrílego usurpador del mando se ha erigido en un déspota
absoluto, sin luces, sin leyes y sin más reglas que su antojo, hollando las
libertades de la nación, los derechos de los hombres y todos los respetos
humanos. Se ha constituido él mismo, atroz caudillo de la más funesta anarquía,
y si sigue en su intento pretenderá sin duda que las tropas destinadas a
perseguir al enemigo, sólo sirvan para sostener sus atentados, encarnizarlas
contra sus hermanos y hacer que se acaben unos con otros. Torrentes de sangre
peruana se ven correr ya, si no se corta en su raíz este mal, y los horrores más
funestos enlutan el corazón al contemplarlos.
Por tanto, ha venido en decretar y decreta:
Artículo 1° Que don José de la Riva Agüero es reo de alta
traición y sujeto al rigor de las leyes.
Artículo 2° Se entenderán también comprendidos en el mismo delito
y penas así las autoridades, como los
jefes, oficiales o individuos de cualquier clase que desde la promulgación de este decreto
favorezcan sus designios o le presten algún auxilio.
Tendréis lo entendido y dispondréis lo necesario a su
cumplimiento, mandándolo imprimir,
publicar y circular.
Tiburcio José de la Hermosa, Vicepresidente.- Pedro
Pedemonte, Diputado Secretario.-
Gregorio Luna, Diputado Secretario.
Por tanto: Ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes
por quienes convenga. Dará cuenta de su
cumplimiento el respectivo Secretario.
Dado en Lima, a 8 de agosto de 1823.- 4°.- 2°.- José Bernardo
Tagle.- Por
orden de S. E. Dionisio Vizcarra.
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