La libertad no es un cuento
Si existe concentración de
medios, usted no elige
Los regímenes totalitarios les
relatan un cuento a sus ciudadanos; les dicen que como en la sociedad circulan
varios medios de comunicación, existe pluralidad y libertad de información.
Los ciudadanos se rebelan contra
esa mentira porque saben que el número de medios es poco importante si estos
son dominados por un solo discurso y orientación. En esos regímenes, el Estado
asume el monopolio de la información.
Por esa razón, uno de los
estándares de una sociedad democrática reside en que la ley declara ilegal el
monopolio y la concentración de medios, por la vía pública o privada. Nuestra
Constitución recoge este estándar en su artículo 61° cuando dispone lo
siguiente: “La prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión
y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios
relacionados con la libertad de expresión y de comunicación no pueden ser
objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente,
por parte del Estado ni de particulares”.
Un estudiante de derecho ya sabe
que la norma constitucional es originaria y por lo tanto es fuente directa y
primaria de derecho. Por esa razón es absurdo y carente de toda solvencia
jurídica sostener que existen artículos inválidos o no aplicables de la Constitución
solo por carecer de una ley de desarrollo constitucional. Si esto fuese cierto,
nuestra Constitución sería un texto decorativo y sin vida. Y no lo es.
Dos preguntas emergen de esta
verdad jurídica incuestionable: 1) ¿La Constitución previene contra la
concentración de medios impresos?; y 2) ¿Qué condiciones societarias deben
concurrir para que se configure esa concentración?
Es innegable que la Constitución
previene contra la concentración de medios; es obvio que las normas contra el
monopolio y el dominio del mercado existen precisamente para mantener el
derecho de los consumidores a elegir. Por ello es legalmente cuestionable toda
operación societaria conducente a que un grupo económico concentre la propiedad
de medios de comunicación.
Eso ha sucedido en la prensa
escrita peruana. Antes de la compra de Epensa, el Grupo El Comercio controlaba
el 49 % del mercado nacional de venta de diarios. Le seguían Epensa con 28 % y
el Grupo La República con un 17 %. Al adquirir El Comercio el 54% de las
acciones de Epensa, pasó a controlar el 78% del mercado de venta de diarios.
Esa operación societaria tiene un nombre: alta concentración.
En ánimo de defensa, el Grupo El
Comercio ha ensayado explicaciones jurídicamente vulnerables; la más recurrente
afirma que la compra de un paquete de acciones no implica la compra de la línea
editorial. Una seria lectura de la legislación peruana sobre propiedad,
principalmente el Código Civil y la Ley General de Sociedades, permite concluir
que la adquisición de la propiedad, una vez finalizado el acto, es un ejercicio
supremo de los derechos reales y que todo acuerdo editorial es susceptible de
revisión sobre todo si se tienen en cuenta ciertos antecedentes, por ejemplo,
cuando se usa el control accionarial en América Televisión como represalia
contra el Grupo La República por discrepar con la línea de los socios
mayoritarios.
En la región se ha abierto un
debate sobre la concentración de medios; en Ecuador, Argentina y Venezuela se
pretende el mismo resultado usando métodos tramposos como el acoso judicial,
las restricciones de la publicidad estatal, las presiones contra los
anunciantes privados y la compra de medios por testaferros. El objetivo es el
mismo y por esa razón nos oponemos principistamente a ello. Toda concentración
de los medios, pública o privada, es
totalitaria. Ese es el centro del problema y ante esta mala noticia no sirve de
nada matar al mensajero.
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