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DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA

DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA
FRANCISCO IGARTUA CON DORIS GIBSON, PIEZA CLAVE EN LA FUNDACION DE OIGA, EN 1950 CONFUNDARIAN CARETAS.

«También la providencia fue bondadosa conmigo, al haberme permitido -poniendo a parte estos años que acabo de relatar- escribir siempre en periódicos de mi propiedad, sin atadura alguna, tomando los riesgos y las decisiones dictadas por mi conciencia en el tono en que se me iba la pluma, no siempre dentro de la mesura que tanto gusta a la gente limeña. Fundé Caretas y Oiga, aunque ésta tuvo un primer nacimiento en noviembre de 1948, ocasión en la que también conté con la ayuda decisiva de Doris Gibson, mi socia, mi colaboradora, mi compañera, mi sostén en Caretas, que apareció el año 50. Pero éste es asunto que he tocado ampliamente en un ensayo sobre la prensa revisteril que publiqué años atrás y que, quién sabe, reaparezca en esta edición con algunas enmiendas y añadiduras». FRANCISCO IGARTUA - «ANDANZAS DE UN PERIODISTA MÁS DE 50 AÑOS DE LUCHA EN EL PERÚ - OIGA 9 DE NOVIEMBRE DE 1992»

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«Cierra Oiga para no prostituir sus banderas, o sea sus ideales que fueron y son de los peruanos amantes de las libertades cívicas, de la democracia y de la tolerancia, aunque seamos intolerantes contra la corrupción, con el juego sucio de los gobernantes y de sus autoridades. El pecado de la revista, su pecado mayor, fue quien sabe ser intransigente con su verdad» FRANCISCO IGARTUA – «ADIÓS CON LA SATISFACCIÓN DE NO HABER CLAUDICADO», EDITORIAL «ADIÓS AMIGOS Y ENEMIGOS», OIGA 5 DE SEPTIEMBRE DE 1995

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LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

«Siendo la paz el más difícil y, a la vez, el supremo anhelo de los pueblos, las delegaciones presentes en este Segundo Congreso de las Colectividades Vascas, con la serena perspectiva que da la distancia, respaldan a la sociedad vasca, al Gobierno de Euskadi y a las demás instituciones vascas en su empeño por llevar adelante el proceso de paz ya iniciado y en el que todos estamos comprometidos.» FRANCISCO IGARTUA - TEXTO SOMETIDO A LA APROBACION DE LA ASAMBLEA Y QUE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD - VITORIA-GASTEIZ, 27 DE OCTUBRE DE 1999.

«Muchos más ejemplos del particularismo vasco, de la identidad euskaldun, se pueden extraer de la lectura de estos ajados documentos americanos, pero el espacio, tirano del periodismo, me obliga a concluir y lo hago con un reclamo cara al futuro. Identidad significa afirmación de lo propio y no agresión a la otredad, afirmación actualizada-repito actualizada- de tradiciones que enriquecen la salud de los pueblos y naciones y las pluralidades del ser humano. No se hace patria odiando a los otros, cerrándonos, sino integrando al sentir, a la vivencia de la comunidad euskaldun, la pluralidad del ser vasco. Por ejemplo, asumiendo como propio -porque lo es- el pensamiento de las grandes personalidades vascas, incluido el de los que han sido reacios al Bizcaitarrismo como es el caso de Unamuno, Baroja, Maeztu, figuras universales y profundamente vascas, tanto que don Miguel se preciaba de serlo afirmando «y yo lo soy puro, por los dieciséis costados». Lo decía con el mismo espíritu con el que los vascos en 1612, comenzaban a reunirse en Euskaletxeak aquí en América» - FRANCISCO IGARTUA - AMERICA Y LAS EUSKALETXEAK - EUSKONEWS & MEDIA 72.ZBK 24-31 DE MARZO 2000

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viernes, 2 de agosto de 2013

LA TERCERA

BANDO DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
DELEGANDO EL MANDO A JOSÉ BERNARDO TAGLE,
19 DE ENERO DE 1822
DELEGACIÓN DEL MANDO
BANDO
EL PROTECTOR DE LA LIBERTAD DEL PERÚ

Cuando resolví ponerme al frente de la administración del Perú, y tomar sobre  mí el peso de tan vasta responsabilidad, anuncié que en el fondo de mi conciencia estaban escritos los motivos que me obligaban a este sacrificio. Los testimonios que he recibido desde entonces de la confianza pública, animan la mía, y me empeñan de nuevo a consagrarme todo entero al sostén de los derechos que he restablecido. Yo no tengo libertad sino para elegir los medios de contribuir a la perfección de esta grande obra, porque tiempo a que no me pertenezco a mí mismo, sino a la causa del continente americano. Ella exigió que me encargase del ejercicio de la autoridad suprema y me sometí con celo a este convencimiento; hoy me llama a realizar un designio, cuya contemplación halaga mis más caras esperanzas; voy a encontrar en Guayaquil al libertador de Colombia; los intereses generales de ambos Estados, la enérgica terminación de la guerra que sostenemos y la estabilidad del destino a que con rapidez se acerca la América, hacen nuestra entrevista necesaria, ya que el orden de los acontecimientos nos ha constituido en alto grado responsables del éxito de esta sublime empresa. Yo volveré a ponerme al frente de los negocios públicos en el tiempo señalado para la reunión del Congreso; buscaré el lado de mis antiguos compañeros de armas, si es preciso que participe los peligros y la gloria que ofrecen los combates; y en todas circunstancias seré el primero en obedecer la voluntad general y en sostenerla.
Entre tanto, dejo el mando supremo en manos de un peruano ilustre, que sabe cumplir los deberes que le imponen su patria; él queda encargado de dirigir una administración, cuyas principales bases se han establecido en el espacio interrumpido de seis meses, en que el pueblo ha hecho los primeros ensayos de su energía y el enemigo los últimos esfuerzos de su obstinación. Yo espero, lleno de confianza, que continuando el gobierno bajo los auspicios del patriotismo y disciplina del Ejército, del amor al orden que anima a todos los habitantes del Perú y del celo infatigable con que las demás autoridades cooperan al acierto de las medidas administrativas; haremos el primer experimento feliz de formar un gobierno independiente, cuya consolidación no cueste lágrimas a la humanidad. En fin, yo sé que el pueblo y el Ejército tienen un sólo corazón, y que el general a quien voy a confiar el depósito de que me encargue llenará todos sus votos y los míos. Con tal presentimiento y oído el dictamen de mi Consejo de Estado.
He acordado y decreto:
1° La suprema potestad directiva de los departamentos libres del Perú queda delegada sin restricción en el Gran Mariscal Marqués de Torre Tagle;
2° Durante el tiempo que administre el gobierno, tendrá la denominación de  Supremo Delegado; su tratamiento y atribuciones serán las que detalla la  sección segunda del Estatuto Provisional dado en 8 de octubre del año  anterior; también usará el distintivo que señala el artículo 4° del decreto del  31 del mismo;
3° Mañana a las once del día concurrirán a palacio todas las autoridades  constituidas, generales y jefes del Ejército a prestar el juramento de  obediencia al Supremo Delegado, quien antes jurará el Estatuto Provisorio  en manos del Ministro de Estado; en seguida harán el que les corresponde  los tres ministros en las del Supremo Delegado, y cada uno de ellos  continuará recibiéndolo a las demás autoridades, según el departamento que  presiden;
4° Se hará una salva triple de artillería en el acto que el Supremo Delegado  cumpla con lo prevenido en el artículo anterior y saldrá con toda la comitiva a  la Iglesia Catedral, donde se cantará el Te Deum. En esta noche y en la de  mañana se iluminará la capital;
5° Los miembros del Consejo de Estado prestarán el debido juramento la  primera vez que se reúnan en la sala de sus sesiones, si no lo hicieren el día  mañana, por estar comprendidos entre las autoridades que concurran;
6° El Ministro de Estado queda encargado de comunicar este decreto a los  gobiernos independientes de América para su inteligencia, y a los  presidentes de los demás departamentos, para que por su parte cumplan
con lo que previene el artículo 3°.

Publíquese por bando e insértese en la Gaceta Oficial.

Dado en el Palacio Protectoral de Lima, a 19 de enero de 1822.

José de San Martín

Por orden de S. E.


B. Monteagudo

LA TERCERA

DECRETO DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN ASUMIENDO EL
MANDO SUPREMO POLÍTICO Y MILITAR, CON EL TÍTULO DE
PROTECTOR, 3 DE AGOSTO DE 1821
DON JOSÉ DE SAN MARTÍN, CAPITÁN GENERAL DE EJÉRCITO Y EN JEFE
DEL LIBERTADOR DEL PERÚ, GRANDE OFICIAL DE LA LEGIÓN DE
MÉRITO DE CHILE, PROTECTOR DEL PERÚ, ETC., ETC., ETC.

Al encargarme de la importante empresa de la libertad de este país no tuve otro móvil que mis deseos de adelantar la sagrada causa de la América y de promover la felicidad del pueblo peruano. Una parte muy considerable de aquellos se ha realizado ya; pero la obra quedaría incompleta, y mi corazón poco satisfecho, si yo no afianzase para siempre la seguridad y la prosperidad futura de los habitantes de esta región.
Desde mi llegada a Pisco anuncié que por el imperio de las circunstancias me hallaba revestido de la suprema autoridad y que era responsable a la patria del ejercicio de ella. No han variado aquellas circunstancias puesto que aún hay en el Perú enemigos exteriores que combatir y, por consiguiente, es de necesidad que continúen reasumidos en mí el mando político y el militar.
Espero que, al dar este paso, se me hará la justicia de creer que no me conducen ningunas miras de ambición, si sólo la conveniencia pública. Es  demasiado notorio que no aspiro sino a la tranquilidad y al retiro después de  una vida tan agitada; pero tengo sobre mí una responsabilidad moral, que exige el sacrificio de mis más ardientes votos. La experiencia de 10 años de  revolución en Venezuela, Cundinamarca, Chile y Provincias Unidas del Río de  la Plata, me ha hecho conocer los males que ha ocasionado la convocación  intempestiva de congresos, cuando aún subsistían enemigos en aquellos países: primero es asegurar la independencia, después se pensará en establecer la libertad sólidamente. La religiosidad con que he cumplido mi palabra en el curso de mi vida pública me da derecho a ser creído; y yo la comprometo ofreciendo solemnemente a los pueblos del Perú que en el  momento mismo en que sea libre su territorio, haré dimisión del mando para hacer lugar al gobierno que ellos tengan a bien elegir. La franqueza con que  hablo debe servir como un nuevo garante de la sinceridad de mi intención. Yo pudiera haber dispuesto que electores nombrados por los ciudadanos de los departamentos libres designasen la persona que había de gobernar, hasta la reunión de los Representantes de la nación peruana; más como por una parte la simultánea y repetida invitación de gran número de personas de elevado carácter y decidido influjo en esta capital para que presidiese a la administración del Estado me aseguraba un nombramiento popular; y por otra había obtenido ya el asentimiento de los pueblos que estaban bajo la protección del Ejército Libertador, he juzgado más decoroso y conveniente el seguir esta conducta franca y leal, que debe tranquilizar a los ciudadanos celosos de su libertad.
Cuando tenga la satisfacción de renunciar el mando y dar cuenta de mis operaciones a los Representantes del pueblo, estoy cierto que no encontrarán en la época de mi administración ninguno de aquellos rasgos de venalidad, despotismo y corrupción que han caracterizado a los agentes del gobierno español en América. Administrar recta justicia a todos recompensando la virtud y el patriotismo, y castigando el vicio y la sedición en donde quiera que se encuentren, tal es la norma que reglará mis acciones, mientras esté colocado a la cabeza de esta nación.
Conviniendo, pues, a los intereses del país la instalación de un gobierno vigoroso, que lo preserve de los males que pudiera producir la guerra, la licencia y la anarquía.
Por tanto declaro lo siguiente:

1. Quedan unidos desde hoy en mi persona el mando supremo político y militar de los departamentos libres del Perú, bajo el título de Protector.
2. El Ministerio de Estado y Relaciones Exteriores está encargado a don Juan García del Río, Secretario del despacho.
3. El de la Guerra y Marina, al teniente coronel don Bernardo Monteagudo,  auditor de guerra del Ejército y Marina, Secretario del despacho.
4. El de Hacienda, al doctor don Hipólito de Unánue, Secretario del despacho.
5. Todas las órdenes y comunicaciones oficiales serán firmadas por el respectivo secretario del despacho y rubricadas por mí; y las comunicaciones que se me dirijan vendrán por medio del Ministerio a que correspondan.
6. Con la posible brevedad se formarán los reglamentos necesarios para el mejor sistema de administración y el mejor servicio público.
7. El actual decreto sólo tendrá fuerza y vigor hasta tanto que se reúnan los Representantes de la nación peruana y determinen sobre su forma y modo de gobierno.

Dado en Lima a 3 de agosto de 1821.- 2° de la libertad del Perú.


José de San Martín

LA TERCERA

PROCLAMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ
GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN,
28 DE JULIO DE 1821

El Perú es desde este momento libre e independiente por la voluntad general de los pueblos y por la justicia de su causa que Dios defiende.
¡Viva la patria!
¡Viva la libertad!

¡Viva la independencia!