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DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA

DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA
FRANCISCO IGARTUA CON DORIS GIBSON, PIEZA CLAVE EN LA FUNDACION DE OIGA, EN 1950 CONFUNDARIAN CARETAS.

«También la providencia fue bondadosa conmigo, al haberme permitido -poniendo a parte estos años que acabo de relatar- escribir siempre en periódicos de mi propiedad, sin atadura alguna, tomando los riesgos y las decisiones dictadas por mi conciencia en el tono en que se me iba la pluma, no siempre dentro de la mesura que tanto gusta a la gente limeña. Fundé Caretas y Oiga, aunque ésta tuvo un primer nacimiento en noviembre de 1948, ocasión en la que también conté con la ayuda decisiva de Doris Gibson, mi socia, mi colaboradora, mi compañera, mi sostén en Caretas, que apareció el año 50. Pero éste es asunto que he tocado ampliamente en un ensayo sobre la prensa revisteril que publiqué años atrás y que, quién sabe, reaparezca en esta edición con algunas enmiendas y añadiduras». FRANCISCO IGARTUA - «ANDANZAS DE UN PERIODISTA MÁS DE 50 AÑOS DE LUCHA EN EL PERÚ - OIGA 9 DE NOVIEMBRE DE 1992»

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«Cierra Oiga para no prostituir sus banderas, o sea sus ideales que fueron y son de los peruanos amantes de las libertades cívicas, de la democracia y de la tolerancia, aunque seamos intolerantes contra la corrupción, con el juego sucio de los gobernantes y de sus autoridades. El pecado de la revista, su pecado mayor, fue quien sabe ser intransigente con su verdad» FRANCISCO IGARTUA – «ADIÓS CON LA SATISFACCIÓN DE NO HABER CLAUDICADO», EDITORIAL «ADIÓS AMIGOS Y ENEMIGOS», OIGA 5 DE SEPTIEMBRE DE 1995

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LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

«Siendo la paz el más difícil y, a la vez, el supremo anhelo de los pueblos, las delegaciones presentes en este Segundo Congreso de las Colectividades Vascas, con la serena perspectiva que da la distancia, respaldan a la sociedad vasca, al Gobierno de Euskadi y a las demás instituciones vascas en su empeño por llevar adelante el proceso de paz ya iniciado y en el que todos estamos comprometidos.» FRANCISCO IGARTUA - TEXTO SOMETIDO A LA APROBACION DE LA ASAMBLEA Y QUE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD - VITORIA-GASTEIZ, 27 DE OCTUBRE DE 1999.

«Muchos más ejemplos del particularismo vasco, de la identidad euskaldun, se pueden extraer de la lectura de estos ajados documentos americanos, pero el espacio, tirano del periodismo, me obliga a concluir y lo hago con un reclamo cara al futuro. Identidad significa afirmación de lo propio y no agresión a la otredad, afirmación actualizada-repito actualizada- de tradiciones que enriquecen la salud de los pueblos y naciones y las pluralidades del ser humano. No se hace patria odiando a los otros, cerrándonos, sino integrando al sentir, a la vivencia de la comunidad euskaldun, la pluralidad del ser vasco. Por ejemplo, asumiendo como propio -porque lo es- el pensamiento de las grandes personalidades vascas, incluido el de los que han sido reacios al Bizcaitarrismo como es el caso de Unamuno, Baroja, Maeztu, figuras universales y profundamente vascas, tanto que don Miguel se preciaba de serlo afirmando «y yo lo soy puro, por los dieciséis costados». Lo decía con el mismo espíritu con el que los vascos en 1612, comenzaban a reunirse en Euskaletxeak aquí en América» - FRANCISCO IGARTUA - AMERICA Y LAS EUSKALETXEAK - EUSKONEWS & MEDIA 72.ZBK 24-31 DE MARZO 2000

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viernes, 2 de agosto de 2013

LA TERCERA

SE Dispone LA PERSECUCI0N DE RIVA Agüero
Y SE PREMIA A QUIEN LO APREHENDIERA VIVO O MUERTO
D. José BERNARDO TAGLE, PRESIDENTE DE
LA Republica DEL Perú.

Por cuanto el Soberano Congreso se ha servido decretar lo siguiente:

En consecuencia del decreto de 8 del presente en que se declaró a don José de la Riva Agüero reo de alta traición y sujeto al rigor de las leyes por el horroroso atentado cometido en Trujillo contra la Representación Nacional y por los enormes delitos con que notoriamente ha marcado su administración desde que usurpa el mando supremo de la República, erigiéndose en tirano de ella;

Ha venido en decretar y decreta:

1. Que todas las autoridades de la República y súbditos de ella de cualquier calidad que sean son obligados a perseguir a Riva Agüero por todos los medios que estén a su alcance.
2. Que al que lo aprehendiere vivo o muerto se le considere como un benemérito de la patria y el Gobierno le conceda los premios a que se hace acreedor el que libra al país de un tirano.

Tendreislo entendido y dispondréis lo necesario a su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso en Lima a 19 de agosto de 1823. 4º y 2º.- Justo Figuerola, Presidente.- Gerónimo Agüero, Diputado Secretario.- Manuel Ferreyros, Diputado Secretario.


Por tanto ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quienes convenga Dara cuenta de su cumplimiento el Ministro de Estado. Dado en Lima a 19 de agosto de 1823.- 4º y 2º.- José Bernardo Tagle.- Por orden de S. E. El Conde de San Donas.

LA TERCERA

DECRETO DECLARANDO REO DE ALTA TRAICIÓN A
JOSÉ DE LA RIVA AGÜERO,
8 DE AGOSTO DE 1823
DON JOSÉ BERNARDO TAGLE, GRAN MARISCAL DEL EJÉRCITO Y JEFE
SUPREMO POLÍTICO Y MILITAR DEL PERÚ, ETC.

Por cuanto el Soberano Congreso se ha servido decretar lo siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ

El escandaloso atentado cometido en Trujillo el 19 del pasado julio por D. José  de la Riva Agüero, es el mayor de los crímenes de la sociedad. Después de estar depuesto legítimamente por la Representación Nacional la ha disuelto a  la violencia, y con fuerza armada, expatriando a varios Diputados, y creando a su arbitrio un Senado de que él mismo se hace Presidente. Hecho un sacrílego usurpador del mando se ha erigido en un déspota absoluto, sin luces, sin leyes y sin más reglas que su antojo, hollando las libertades de la nación, los derechos de los hombres y todos los respetos humanos. Se ha constituido él mismo, atroz caudillo de la más funesta anarquía, y si sigue en su intento pretenderá sin duda que las tropas destinadas a perseguir al enemigo, sólo sirvan para sostener sus atentados, encarnizarlas contra sus hermanos y hacer que se acaben unos con otros. Torrentes de sangre peruana se ven correr ya, si no se corta en su raíz este mal, y los horrores más funestos enlutan el corazón al contemplarlos.
Por tanto, ha venido en decretar y decreta:
Artículo 1° Que don José de la Riva Agüero es reo de alta traición y sujeto al  rigor de las leyes.
Artículo 2° Se entenderán también comprendidos en el mismo delito y penas  así las autoridades, como los jefes, oficiales o individuos de cualquier clase que  desde la promulgación de este decreto favorezcan sus designios o le presten algún auxilio.

Tendréis lo entendido y dispondréis lo necesario a su cumplimiento,  mandándolo imprimir, publicar y circular.

Tiburcio José de la Hermosa, Vicepresidente.- Pedro Pedemonte, Diputado  Secretario.- Gregorio Luna, Diputado Secretario.

Por tanto: Ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quienes  convenga. Dará cuenta de su cumplimiento el respectivo Secretario.

Dado en Lima, a 8 de agosto de 1823.- 4°.- 2°.- José Bernardo Tagle.- Por

orden de S. E. Dionisio Vizcarra.

LA TERCERA

EL CONGRESO EXONERA A RIVA Agüero DE SUS FUNCIONES DE
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Teniendo en consideración a lo expuesto verbalmente por el Presidente de la República a los señores Presidente y dos Diputados del Soberano Congreso, asegurándoles que estaba llano a dimitir el mando y retirarse al punto que la Representación Nacional designase; y siendo indispensable tomar las medidas necesarias para conservar la unión y activar la cooperación de todas las autoridades y ciudadanos para el grande objeto de salvar la patria y afianzar su libertad, ha venido en decretar y decreta:

1º Que el Gran Mariscal don José de la Riva Agüero queda exonerado del Gobierno.
2º Que se expida al Gran Mariscal don José de la Riva Agüero pasaporte para que pueda retirarse del territorio de la República y al punto que acordase el supremo poder militar, luego que le haya dado la instrucción necesaria sobre todo lo relativo a guerra y hacienda y dejando apoderado instruido, que responda de la residencia, según las leyes.
3º Se autoriza interinamente para el despacho del gobierno en los lugares que no sirven de teatro a la guerra al Ministro de Estado en el departamento de Gobierno y Relaciones Exteriores, al doctor don Francisco Valdivieso.

Tendréis lo entendido y dispondréis lo necesario a su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. Dado en el Callao a 23 de junio de 1823.- 4º y 2º.- Justo Figuerola, Presidente.- Jerónimo Agüero, Diputado
Secretario.- Martin de Ostolaza, Diputado Secretario.-

Al supremo jefe militar de la República.

LA TERCERA

LEY DECLARANDO QUE JOSÉ DE LA RIVA AGÜERO
HA CESADO EN EL MANDO DE LA REPÚBLICA,
22 DE JUNIO DE 1823
EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ

Atendiendo a los decretos de 19 y 21 del que rige acerca de la creación de un
Supremo Poder Militar, revestido de todas las facultades necesarias para salvar al Perú del actual peligro;

Ha venido en declarar y declara:

Que el Presidente de la República D. José de la Riva Agüero ha cesado en el  ejercicio de sus funciones en los puntos que sirven de teatro a la guerra.

Tendréislo entendido, dispondréis lo necesario a su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular.

Dado en el Callao, en la sala de sesiones, a 22 de junio de 1823.- 4° y 2°.
Justo Figuerola, Presidente.- Jerónimo Agüero, Diputado Secretario.- Martín de  Ostolaza, Diputado Secretario.-

Al Jefe Supremo Militar de la República.

LA TERCERA

PROCLAMA DEL PRESIDENTE DEL PERÚ,
JOSÉ DE LA RIVA AGÜERO
A LOS PUEBLOS DEL PERÚ, EL 28 DE FEBRERO DE 1823

Compatriotas:
Me habéis colmado de honra al concebirme digno de tomar las riendas del Gobierno. Yo no me considero con las aptitudes que exige el mando supremo del Estado, y mucho menos en las presentes circunstancias. Ellas no ofrecen sino obstáculos que para superarlos se necesitan nuevos sacrificios. Estos son soportables cuando los pueblos están penetrados de la utilidad que les resulta, y de lo que pueda la unión, la confianza y, en una palabra, el patriotismo. Con vuestras virtudes y auxilios, con el valor del Ejército y la militar pericia de sus dignos jefes y oficiales, con nuestra recomendable Marina, y con la sabiduría del Congreso, no creo corresponder mal a vuestra confianza. Si fomentamos los nobles sentimientos que inspira el amor a la patria y la libertad, y desaparecen de entre nosotros las odiosas distinciones de colombianos, chilenos, argentinos y peruanos con que algunos han pretendido dividirnos; nada podrán contra el Perú esas hordas errantes de satélites de la tiranía. Que no se nos conozca, pues, por otro nombre que por el de americanos; y que desde este día no haya uno sólo que no se aliste y discipline, bajo el estandarte de la República, por si alucinado el enemigo con las ventajas efímeras que acaba de conseguir, intenta aproximarse a nuestros muros. La independencia no puede fracasar estando desnudas las espadas de sus valientes defensores.
Peruanos:

Reuníos al Ejército, obedeced a vuestros jefes y la patria será enteramente libre. Los sucesos desgraciados no arredran a los valientes, antes bien les sirven de lecciones saludables. No perdamos los instantes convencidos de que no nos resta que elegir entre la muerte y la libertad. Habéis jurado defender la de nuestro territorio; acreditadlo nuevamente con aquel heroico entusiasmo de que dieron tan singular ejemplo, los que tuvieron la fortuna de hallarse en la capital el memorable 7 de setiembre. Los mismos somos: defendemos los mismos derechos e intereses; sostengámoslos, pues, con firmeza, y puedo aseguraros que está bien cerca el día de las glorias de la patria, y del exterminio de sus bárbaros y crueles enemigos.

LA TERCERA

EL CONGRESO NOMBRA A RIVA AG‹ERO MARISCAL
Y LO AUTORIZA A USAR LA BANDA BICOLOR
EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU


Nombra Gran Mariscal de los Ejércitos de la República al Presidente don José de la Riva Agüero.

El Presidente usara la banda bicolor, como distintivo del Poder Ejecutivo que administra.

Lo tendrá entendido el Poder Ejecutivo para su cumplimiento y lo mandara imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso en Lima, a 4 de marzo de 1823.- 4º.- 2º de la República.- Nicolás de Aranibar, Presidente.- Mariano Quesada y Valiente, Diputado Secretario.- Gregorio Luna, Diputado Secretario.

LA TERCERA

SESIÓN DEL SÁBADO 1 DE MARZO

Aprobada el acta anterior, se dio cuenta de los oficios dirigidos por el general Santa Cruz, a nombre del Ejército del Centro, y la Municipalidad, en que manifiestan la gratitud y respeto al Soberano Congreso y la satisfacción que le ha merecido el nombramiento de Presidente de la República hecho en el Excelentísimo señor don José de la Riva Agüero y, habiéndose oído con agrado, se acordó su impresión en la Gaceta oficial, y que se les contestase por la Secretaria.
El señor Pezet indicó la necesidad de que, en consecuencia de dicho nombramiento y juramento prestado por el referido señor Excelentísimo, se hiciesen las mismas demostraciones de solemnidad que se habían practicado en iguales casos, y expidiesen en el día el respectivo decreto, como desde luego se verificó ordenándose:
1° Que a las diez de la mañana del 2 del corriente se reúnan en el salón de recibimiento de Palacio todos los generales y oficiales del Ejército y Armada, las autoridades civiles, militares y eclesiásticas, y todas las corporaciones de la capital, a reconocer al Presidente de la República.
2° Que concluido este acto pasen a la Santa Iglesia Metropolitana con el Presidente, donde se celebrará una misa en acción de gracias, entonándose el Te Deum; en cuyo acto se hará en la plaza mayor una salva de 21 cañonazos que se repetirá en la del Callao y buques de la Armada Nacional una hora después.
3° En las noches de los días 1, 2 y 3 habrá iluminación y repique general en la ciudad.
4° Que las mismas solemnidades se practiquen en todo el territorio del Estado, con arreglo a las circunstancias de cada población.
Consecutivamente se leyó el dictamen de la Comisión de Justicia sobre la confinación de los religiosos de la Buenamuerte con motivo de haberse solicitado por el P. José Cayro se le pusiese en libertad, y en conformidad a lo que opinó dicha Comisión se resolvió, que respecto de no aparecer la causa legalmente comprobada, cuya excepción contenía el soberano decreto expedido por la restitución de los americanos, debía considerarse comprendido el anunciado P. Cayro en la amnistía y ponérsele en libertad, apercibiéndolo a la subordinación y obediencia debida al prelado, sin perjuicio del conocimiento legal que corresponda sobre el nombramiento del provincial, con arreglo a las instituciones de la orden por el caso de vacante, de cuya providencia se instruyese el gobernador del Arzobispado.
Asimismo se leyó la representación del Diputado don José María del Piélago en que, por sus enfermedades que le obligaban a tomar otro temperamento, solicitaba se le concediesen dos meses de término. Se accedió a su solicitud, haciendo uso de la licencia dentro de seis u ocho días. Se levantó la sesión pública y siguió el Congreso en secreta.

Nicolás de Aranibar
Presidente

Mariano Quezada y Valiente

Diputado Secretario

LA TERCERA

ACTAS DEL PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ1
SESIÓN DEL JUEVES 27

Leída y aprobada el acta anterior se leyeron las representaciones de algunos jefes del Ejército, pidiendo la división de Poderes, y que el Congreso nombrase para que desempeñase el Ejecutivo al coronel don José de la Riva Agüero y las contestaciones que por resolución del Congreso se les había dirigido.
El señor Pezet pidió se leyese, igualmente, la representación de don Mariano Tramarria. Contestó el señor Mariátegui que a los ciudadanos sólo les era permitido presentar al Congreso recursos de petición individual, que el de Tramarria no era de esta naturaleza; que por el contrario con él se infringía una resolución del Congreso y que sólo por obedecer la orden del señor Presidente lo había recibido, y dado cuenta en secreta. Le apoyó el señor Argote y, sin embargo de la contradicción del señor Morales, no se acordó leerlo.
Antes de entrar en materia pidieron los señores Ferreyros, Colmenares, Mariátegui, Luna Pizarro y Arellano no procediese el Congreso a tomar resolución por la falta de libertad en que se hallaba, habiendo sido de opinión contraria los señores Morales, Rodríguez (don Antonio), Miranda, Cárdenas, La Hermosa y Ostolaza; los que pidieron se accediese a la solicitud de los jefes y se procediese a nombrar para ejercer el Poder Ejecutivo a la persona designada en la representación. El señor Pedemonte (don Carlos), opinó que tanto por haber perdido ya la Junta de Gobierno su opinión notoriamente malquistada justa o injustamente en el pueblo, como por lo que en la noche anterior habían expuesto los ministros acerca de las ningunas providencias que había tomado, ni pensaba tomar sobre los movimientos del Ejército, debía ser disuelta y residenciada; pero que para proceder a la elección de nuevo Gobierno carecía el Congreso de la libertad necesaria.
El señor Luna Pizarro presentó el siguiente voto: “No teniendo libertad bastante en las actuales circunstancias para deliberar en un negocio de que depende la salvación del pueblo peruano. 1° Es mi voto que mientras la Fuerza Armada no sobresea de sus pretensiones, que necesariamente envuelven la coacción del Congreso, no se delibere en la materia. 2° Que serenada la actual tormenta desde luego proceda el Congreso con conocimiento de causa y la detención debida a variar el gobierno, si lo tuviese por conveniente y resuelva lo que estime más oportuno para la salud de la patria. 3° Que debiendo protestar contra toda violencia o miedo grave, protesto de mi parte contra la que siento en el día, declarando que en conciencia no puedo dar otro voto que el presente. Lima y febrero 27 de 1823. Xavier de Luna Pizarro, Diputado por Arequipa.- El que suscribieron los señores Piélago, Mariátegui, Quezada, Zárate, Mendoza, Soto, Arellano, Andueza, Figuerola, Rodríguez (don Francisco), Iriarte, Argote, Ferreyros, Navia Bolaños, Forcada, Otero y Muñoz.
Asimismo, el señor Arce (don Mariano) presentó el siguiente: “Desde la representación hecha al Congreso por los jefes del Ejército del centro no ejerzo libremente la diputación nacional o, lo que es lo mismo, solo soy un simulacro de Representante del Perú y juzgo que el Congreso sólo es un simulacro; cualquiera determinación suya no es libre ni legal, por consiguiente protesto que no ejerzo la representación. Si el poder militar puede por sí salvar el Perú, hágalo en hora buena que la necesidad (y no un consentimiento coactiva y no libre ni legal) le dará legitimidad. Tampoco puedo concebir cómo un solo ciudadano se hace representante de toda la capital y hace en esta suposición un memorial al Congreso.
El señor Colmenares presentó el suyo sufragando por el retiro de la tropa a su campamento, sin que se pueda prestar sufragio en las demás proposiciones por falta de libertad.
El señor Unanue presentó las siguientes proposiciones, que fueron admitidas a discusión:
“A fin de evitar las funestas consecuencias que puedan resultar de la división de anarquía que amaga, pido:
1° “Que el Ejército se retire inmediatamente a sus cuarteles”.
2° “Que la Junta Gubernativa comisionada por el Congreso vuelva a su seno”.
3° “Que quede encargado interinamente de la administración del Poder Ejecutivo el jefe de mayor graduación, hasta que la Representación Nacional delibere definitivamente en la materia”.
Estando en la discusión se presentó el Ministro de Gobierno a dar razón de las providencias tomadas por la Junta por lo respectivo a las secretarías de que está encargado, e hizo una circunstanciada relación de todas las disposiciones y medidas tomadas sobre el particular, de las órdenes libradas a los presidentes de departamento abriendo empréstitos de dinero y víveres necesarios para el Ejército que debía marchar, del acopio de ingentes sumas de útiles para la tropa y de la plata labrada de iglesias colectada para amonedarla.
Continuó la discusión pendiente y después de un vivo debate fueron aprobadas las proposiciones y se mandó extender la correspondiente minuta de decreto, habiéndola aprobado el Congreso, se levantó la sesión.
Nicolás de Aranibar, Presidente; F.J. Mariátegui, Diputado Secretario; Mariano Quezada y Valiente, Diputado Secretario.

1 Gustavo Pons Muzzo y Alberto Tauro, Primer Congreso Constituyente del Perú, págs. 287- 289. Colección documental de la independencia del Perú, tomo XV, vol. 1°, Lima, 1973.



LA TERCERA

EL CONGRESO CONSTITUYENTE ENCARGA LA ADMINISTRACIÓN DEL
PODER EJECUTIVO AL JEFE MILITAR DE MAYOR GRADUACIÓN


La Suprema Junta Gubernativa del Perú comisionada por el Soberano Congreso Constituyente:

Por cuanto él mismo ha decretado lo siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ

Deseando consultar la tranquilidad de la República,

Decreta:

1. Que el Ejército se retire inmediatamente a sus cuarteles.
2. Que la Junta Gubernativa comisionada por el Congreso vuelva a su seno.
3. Que quede encargado interinamente de la administración del Poder Ejecutivo el jefe de mayor graduación, hasta que la Representación Nacional delibere definitivamente en la materia.
4. El actual Poder Ejecutivo queda encargado de comunicarlo al jefe que designa el artículo anterior.

Tendréislo entendido y dispondréis lo necesario a su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso en Lima, a 27 de febrero de 1823. 4º de la independencia.- 2º de la República.-

Nicolás de Aranibar, Presidente.- Mariano Quesada y Valiente, Diputado
Secretario.- F. J. Mariátegui, Diputado Secretario.

Por tanto, ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quienes convenga. Dará cuenta de su cumplimiento el Ministro de estado en el departamento de Gobierno.- Dado en el Palacio de la Junta Gubernativa en Lima, a 27 de febrero de 1823.- 4º de la independencia.- 2º de la República.-


José de la Mar- Felipe Antonio Alvarado.- Manuel Salazar y Baquíjano.- Por orden de S. E. Francisco Valdivieso.

LA TERCERA

DISCURSO DEL PRESIDENTE DEL CONGRESO CONSTITUYENTE,
CARLOS PEDEMONTE, AL INICIARSE LA DISCUSION DE LA PRIMERA
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU, EL 28 DE ABRIL DE 1823

Amaneció, por fin, señores, el día suspirado por los pueblos, en que reunidos los dignos Representantes de la nación peruana van a dar principio a las gloriosas tareas de constituir su ser político. Tareas que aunque carecen del aparato bullicioso con que la Fuerza Armada arroja de un territorio la dominación injusta que lo oprime, son, en cambio de eso, tanto más importantes cuanto que ellas solas presentan al ciudadano el verdadero objeto de sus sacrificios y la inapreciable felicidad que ellos le valen. Un país, libertado de la tiranía, no ha hecho otra cosa que derribar el terrible muro que la ambición de los gobernantes ofrece de ordinario a la prosperidad de los pueblos; más esta no se logra con solo haber removido los impedimentos de obtenerla. Indispensables son, cierto, y muy costosas, las fatigas del labrador que roza las malezas de un terreno y que arrancados de raíz los robustos espinos que le cubren le hace capaz de recibir de cualquier cultivo. Pero, si esto no siguiese ¿Cuál sería el premio proporcionado a sus sudores? La tierra viciosa abortaría en breve nuestras plantas, más perniciosas, tal vez, que las primeras; y tanto sudor, tantas fatigas y sacrificios tantos, solo habría servido para mudar la faz del terreno, pero de ningún modo para mejorarle. ¡Qué suerte tan semejante corren los Estados y los campos! …estos, sin cultivo son del todo estériles y tal vez gravosos a sus mismos dueños; aquellos, sin leyes son absolutamente infecundos en bienes sociales y las más veces ominosos a la misma felicidad de los ciudadanos.
Un país independiente, vuelvo a decirlo, por el simple hecho de ser libre, no es todavía para sus moradores una patria. Este nombre sagrado no le vincula jamás nación alguna al territorio en que nos fija nuestra elección o la naturaleza. Patria es una asociación de individuos, formada bajo leyes justas que aseguren los derechos imprescriptibles de cada uno y le dejen expedito para ser feliz cuanto pueda sufrirlo el bienestar de los demás. Por apartarse de estas nociones exactas han visto los pueblos, con dolor, en las épocas de sus revoluciones, profanarse este título augusto para perturbar a su sombra el orden público, atropellar ajenos derechos, satisfacer pasiones y consagrar todo el que quiere sus caprichos.
Necesario es, pues, y muy debido a las nobles virtudes del pueblo peruano, precaverle a tiempo del funesto escollo en que el deseo ardiente de la libertad suele estrellarse cuando no hay una patria. Y pues, aún sin haberla, hemos admirado más de una vez hermanadas perfectamente la subordinación más arreglada con el entusiasmo más exaltado, fenómeno tan raro en los tiempos de convulsiones civiles, ¿cuánto no debemos lisonjearnos desde ahora de su respeto y obediencia a la ley fundamental del Estado sobre lo que puede cada uno elevar sin trabas hasta el cielo el edificio de la fortuna? Tanto importan ¡oh ciudadanos! Las gloriosas tareas de vuestros Representantes, en el arduo empelo a que hoy entramos. Hónrese, en buena hora, con gratitud eterna, el valor y los esfuerzos de nuestros libertadores; pero quede reservada a nosotros la satisfacción de hacernos conocer y gustar los deliciosos frutos de nuestra libertad. Repitámoslo otra vez: un país independiente puede muy bien ser desgraciado; pero una nación bien constituida no puede dejar de ser feliz.

¡Padres de la patria! Constitución quiere y necesita el pueblo: comencemos dársela. En ella solo contempla afianzados sus derechos y enfrenada por leyes sabias la peligrosa libertad de gentes irreflexas. Cuanto más retardemos, desde hoy, la sanción de esta carta sagrada, más aventurados ve el ciudadano sus sacrificios y los bravos militares adquieren más derecho para demandarnos el precio de su sangre. Entremos con ellos en la honrosa competencia de llegar primero al término de nuestros trabajos. La campaña decisiva ya va a abrirse; plegue al cielo que cuando destruido el último enemigo vengan nuestros victoriosos guerreros a decirnos: Esta conquistada nuestra independencia podamos responderles también está constituida vuestra patria.

LA TERCERA

PROCLAMA DE LA JUNTA GUBERNATIVA DEL PERU
LA JUNTA SUPREMA DE GOBIERNO A LOS PERUANOS

Peruanos:
Desde que el pueblo nos honra con su confianza, poniendo en nuestras manos las riendas del Gobierno, resolvimos acreditar no con palabras sino con hechos nuestro celo patriótico y nuestro puro y ardiente voto por la felicidad de la Republica. Todo se dispuso; todo anunciaba próxima su salud; pero el cielo quiso retardarla.

Conciudadanos:
El Ejército va a emprender nuevas operaciones. Un aliento sobrenatural le anima, porque tiene que vengar una nueva injuria. El sol del Perú no puede ya sufrir un eclipse total; las nubes que pasan bajo de Él lo ocultaran parcialmente un momento, para presentarlo luego con mayor resplandor.
Los enemigos hacen esfuerzos extraordinarios como convulsiones de un cuerpo que se disuelve, envolviendo en sus ruinas a nuestros desgraciados hermanos, que solo esperan el impulso de nuestros brazos para romper sus cadenas. Ahora es cuando nosotros debemos manifestar ese noble ardimiento, que solo sienten las almas libres y ese desprendimiento generoso, propio solo de republicanos. Las necesidades crecen, es verdad; los recursos escasean; pero el patriotismo tiene en sí un fondo inagotable. No penséis en los males y privaciones que son necesarios; pensad solo en los bienes inapreciables que vas a reportar: el triunfo de la causa, la independencia y la paz.
Considerad las calamidades que sufre y llora el país que ocupan los enemigos, a manera de los árabes y vándalos sus progenitores; y calculad los males que os esperan si penetrasen nuestro recinto como conquistadores.

Compatriotas:
Renovad el entusiasmo del 7 de setiembre que decidió para siempre de nuestros destinos. Corred todos a las armas; ya sabéis, por una triste experiencia, que nuestros opresores no entienden medio de tratar y convenirse sino con el cañón, suprema razón de los tiranos... y la única también que puede refrenarlos.
Ya habéis visto a vuestros hijos inflamados de espíritu marcial: reunidos a la sombra del estandarte patrio marchar a sus cantones con tanta serenidad, como si no oyesen los clamores de sus madres y esposas; y con tanta fiereza, como si ya marcharan a los combates
Loor y gloria a los beneméritos jefes y oficiales de los cuerpos cívicos, que solo respiran honor y amor de patria en los mayores peligros.
Corred todos a engrosar sus filas; a vuestro valor y lealtad esta encomendada la defensa de esta heroica y opulenta capital; no haya clase, ni distinción exenta de esta obligación sagrada; y si por desgracia hubiese alguno que la desconozca, que salga inmediatamente de nuestro seno, llevando consigo la execración, la infamia y la condenación de no volver jamás para disfrutar los días de gloria y serenidad que prepara nuestra decisión. Considerad, en fin, que si os armáis, no es para esclavizar pueblos sino para librarlos y consolarlos; no para servir a los caprichos de un ambicioso, sino para cimentar la felicidad pública sobre las bases de la libertad civil y política, a la sombra de leyes benéficas, dictadas por vuestros dignos Representantes.
Argentinos, chilenos, peruanos: corramos todos a las armas. Si, amigos, corramos a las armas, para defender la propiedad del suelo americano, el sagrado de nuestros hogares, la santidad de nuestros templos, la castidad de nuestros lechos conyugales y la reverencia del sepulcro de nuestros padres.


La Mar.- Alvarado.- Salazar.

LA TERCERA

EL CONGRESO CONSTITUYENTE NOMBRA A LOS MIEMBROS DE LA
JUNTA GUBERNATIVA DEL PERU
EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU

Ha nombrado para que compongan la Junta Gubernativa del Perú a los señores don José de la Mar, don Felipe Antonio Alvarado y Conde de Vista Florida, y decretado se haga saber esta resolución.

Imprímase, publíquese y circúlese a quienes corresponda.

Dado en la sala del Congreso, en Lima, a las doce de la noche del 21 de setiembre de 1822.- 3º de la independencia del Perú.

Francisco Javier de Luna Pizarro, Presidente
José Sánchez Carrión, Diputado Secretario

Es copia

José Sánchez Carrión
Francisco Javier Mariátegui

LA TERCERA

DECRETO DEL CONGRESO CONSTITUYENTE DISPONIENDO QUE
CONSERVAR£ PROVISIONALMENTE LAS FUNCIONES DEL
PODER EJECUTIVO, HASTA LA SANCION DE LA CONSTITUCION

Considerando cuanto conviene al solido establecimiento de la independencia y libertad del Perú, el que se conserven reunidos los Poderes Legislativo y Ejecutivo hasta la sanción de la Constitución, para cuyo fin se ha congregado, ha venido en decretar y decreta lo siguiente:
1. El Congreso Constituyente del Perú conserva provisoriamente el Poder Ejecutivo, hasta la promulgación de la Constitución para cuyo fin se ha reunido o antes, si alguna circunstancia lo exigiere a juicio del Congreso.
2. Administrar el Poder Ejecutivo una Comisión de tres individuos del seno del Congreso, elegidos a pluralidad absoluta de sufragios.
3. Esta Comisión no turnara entre los individuos del Congreso.
4. Los elegidos quedan separados del Congreso luego que presenten el juramento respectivo, pudiendo volver a su seno absuelta que sea su comisión y la correspondiente residencia.
5. Esta Comisión consultara al Congreso en los negocios diplomáticos y cualquiera otros arduos.
6. El primer nombramiento que constitucionalmente se hiciere para administrar el Poder Ejecutivo no podrá recaer en ninguna de las personas de la Comisión.
7. Se denominar· esta Comisión Junta Gubernativa del Perú.
8. Su tratamiento será el de Excelencia.
9. Se sancionar· por el Congreso el Reglamento que fije los límites de poder que le confía.

Imprímase, publíquese y circúlese por quienes corresponde.

Dado en la sala del Congreso, en Lima, a las once de la noche del 21 de setiembre de 1822.- 3º

Francisco Javier de Luna Pizarro, Presidente.- José Sánchez Carrión, Diputado

Secretario.- Francisco Javier Mariátegui, Diputado Secretario.

LA TERCERA

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERú ANUNCIA SU INSTALACION
Y DECLARA QUE LA SOBERANIA RESIDE EN LA NACION Y SU
EJERCICIO EN EL CONGRESO
EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL Perú


Deseando llegue a noticia de todo el pueblo peruano haberse reunido por medio de sus Representantes y entrado en la plenitud de su soberanía, ha venido en decretar y decreta lo siguiente:

1º Que se halla solemnemente instalado el Soberano Congreso Constituyente
del Perú.
2º Que la soberanía reside en la nación y su ejercicio en el Congreso que  legítimamente la representa.

Imprímase, publíquese y circúlese por quienes corresponda.

Dado en la sala del Congreso, en Lima, a 20 de setiembre del año del Señor de 1822.- 3º de la independencia del Perú.

Francisco Javier de Luna Pizarro, Presidente
José Sánchez Carrión, Diputado Secretario

Francisco Javier Mariátegui, Diputado Secretario

LA TERCERA

DISCURSO DEL PRESIDENTE DEL CONGRESO CONSTITUYENTE
FRANCISCO JAVIER DE LUNA PIZARRO,
EL 20 DE SETIEMBRE DE 1822 (EXTRACTO)1

Tomado su asiento el señor Presidente anunció «Que ya el Congreso Constituyente del Perú, estaba solemnemente constituido e instalado; que la soberanía residía esencialmente en la nación y su ejercicio en el Congreso que legítimamente la representa». Varios señores Diputados pidieron que se publicase por un decreto expreso lo mismo que acababa de anunciar el señor Presidente; y así se acordó.
Luego dijo el señor Presidente: que se le permitiese tomar la palabra, ya que el Congreso acababa de hacerle el mayor honor que podía recibir en su vida.
«Cuando la Representación del Perú se reúne por la primera vez para tratar sobre los augustos intereses de la patria, nuestros ojos deben volverse a las célebres asambleas deliberantes del mundo, donde la experiencia y la reflexión han descubierto el camino de llegar a su fin, que es la expresión de la voluntad general. Discurrió sobre los objetos de un cuerpo deliberante, la necesidad de obviar los inconvenientes a que está expuesto en el ejercicio de sus funciones y el grave peligro de caer en el caos de la anarquía, cuando celosos los Representantes no pueden formarse un voto general o bajo el formidable peso de una facción, cuando la minoridad prevalece o domina a la mayoría. Sembrados están, dijo, de restos de ruinas ajenas las veredas que vamos a cruzar, y recorrió rápidamente la historia de algunos congresos, que por falta de una organización interior regular han presentado resultados bien tristes para el espíritu humano.
Dedujo de todo, ser de absoluta necesidad, que desde los primeros pasos estudien los Representantes del Perú, conducirse a su objeto por medio del orden que inviolablemente deben observar en sus deliberaciones. Un sistema de policía interior el más propio para prevenir o reducir a su menor número los inconvenientes a que están sujetos los Congresos desde el principio de sus operaciones hasta sus últimos resultados; que facilite a todos los Diputados el ejercicio de su inteligencia y la independencia de su opinión, en que todos sean lo que pueden ser, se presten mutuos auxilios y puedan obrar sin confusión; un régimen interior que imponga al cuerpo entero la necesidad de la reflexión, la moderación y la constancia en sus tareas, es la tabla que nos salvará del naufragio.
Añadió: «Ella no es obra del momento y debe encargarse por el Congreso a una Comisión que prepare los trabajos. Mientras esto se verifica y debiendo dar principio hoy mismo a deliberaciones de la mayor trascendencia, es indispensable tener a la vista algunas de las instituciones o reglas principales generalmente adoptadas en las asambleas deliberantes de mayor nombradía». E hizo una enumeración circunstanciada de las respectivas a la iniciativa, debate y votación de las proposiciones. Concluyó, encargando a los espectadores un profundo silencio, porque si las galerías llegaban a tomar ascendiente en las deliberaciones del Congreso, el resultado sería la anarquía.


1 Diario de las discusiones del Congreso Constituyente del Perú, Imprenta de Manuel del Río y Compañía, Lima, 1822. Reproducido de la obra de Gustavo Pons Muzzo y Alberto Tauro, Primer Congreso Constituyente. Colección documental de la independencia del Perú, tomo XV, vol. 3°, págs. 459-460, Lima, 1975.

LA TERCERA

PROCLAMA DE JOSÉ BERNARDO TAGLE AL ENTREGAR
EL MANDO SUPREMO DEL ESTADO,
21 DE AGOSTO DE 1822


Peruanos:

Al entregar hoy el mando supremo del Estado a S. E. el Protector de la libertad del Perú, mi corazón se llena de la más grata complacencia por estar persuadido de que he dedicado todos mis desvelos a la conservación de vuestra independencia, y que al Excmo. Señor Protector animan iguales sentimientos manifestados tantas veces y con tanto interés a favor de vuestra causa. Mi salud quebrantada no me permite una seria contracción a las complicadas atenciones del gobierno; más siempre que la defensa de la patria reclame mi espada, se empleará al momento en su servicio contra los españoles que aún persisten en el temerario empeño de volvernos a esclavizar.
Nuestra unión, peruanos, subsista como garante de nuestra felicidad; ya se acerca el tiempo en que debe instalarse dignamente el Congreso; el Protector ansia por este momento y está decidido a acelerarlo; entre tanto él gobernará a los pueblos con el amor y dignidad que inspiran sus virtudes, y si el enemigo osase acercarse a nuestros muros, guiará nuestro Ejército a la victoria, y renovará las grandiosas jornadas de Chacabuco y Maipú.


El Marqués de Trujillo

LA TERCERA

PROCLAMA DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
DESPIDIÉNDOSE DEL PERÚ,
20 DE SETIEMBRE DE 1822

Presencié la declaración de la independencia de los Estados de Chile y el Perú; existe en mi poder el estandarte que trajo Pizarro para esclavizar el Imperio de los Incas y he dejado de ser hombre público; he aquí recompensados con usura diez años de revolución y guerra.
Mis promesas para con los pueblos en que he hecho la guerra están cumplidas: hacer su independencia y dejar a su voluntad la elección de sus gobiernos.
La presencia de un militar afortunado (por más desprendimiento que tenga) es temible a los Estados que de nuevo se constituyen; por otra parte, ya estoy aburrido de oír decir que quiero hacerme soberano. Sin embargo, siempre estaré pronto a hacer el último sacrificio por la libertad del país, pero en clase de simple particular y no más.
En cuanto a mi conducta pública, mis compatriotas (como en lo general de las cosas) dividirán sus opiniones; los hijos de éstos darán el verdadero fallo.
Peruanos:
Os dejo establecida la Representación Nacional, si depositáis en ella una entera confianza, cantad el triunfo; si no, la anarquía os va a devorar.
Que el acierto presida a vuestros destinos, y que estos os colmen de felicidad y paz.

Pueblo Libre y setiembre 20 de 1822.


José de San Martín

LA TERCERA

MENSAJE DEL PROTECTOR DEL PERÚ,
GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN,
AL CONGRESO CONSTITUYENTE, EL 20 DE SETIEMBRE DE 1822


Al deponer la insignia que caracteriza al Jefe Supremo del Estado no hago sino cumplir con mis deberes y con los votos de mi corazón. Si algo tienen que agradecerme los peruanos, es el ejercicio del supremo poder, que el imperio de las circunstancias me hizo obtener. Hoy que felizmente lo dimito, yo pido al Ser Supremo el acierto, luces y tino que se necesita para hacer la felicidad de sus representados.

¡Peruanos!


Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes.

LA TERCERA

PROCLAMA DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
AL REASUMIR EL MANDO SUPREMO,
21 DE AGOSTO DE 1822


Compatriotas:

Cuando deposité el mando supremo del Estado en el Gran Mariscal Marqués de Trujillo, resolví no recibirme de él hasta el día que debía entregarlo a la Representación Nacional; pero las reiteradas renuncias de aquel ilustre y benemérito peruano, me han hecho reasumirlo mientras se reúne el Congreso que se va a instalar. Creedme, que si algún derecho tengo al reconocimiento del Perú, es el de haberme vuelto a encargar de lo que me es más repugnante.

La libertad del país asegurada por su Representación, no será perturbada por nuestros enemigos. Tres batallones de los bravos de Colombia unidos a la valiente División del Perú, deben arribar a estas playas de un momento a otro a unirse a sus compañeros de armas, y terminar esta guerra desoladora.

Habitantes de la capital:

Yo os reitero todo mi afecto; y espero de vosotros la más decidida cooperación para fijar la suerte venturosa del Perú.


José de San Martín

LA TERCERA

CARTA DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN A SIMÓN BOLÍVAR
RECLAMANDO POR LA ANEXIÓN DE GUAYAQUIL A COLOMBIA,
3 DE MARZO DE 18221

Al libertador de Colombia.

Excmo. Señor:

Por las comunicaciones que en copia me ha dirigido el gobierno de Guayaquil, tengo el sentimiento de ver la seria intimidación que le ha hecho V. E. para que aquella provincia se agregue al territorio de Colombia. Siempre he creído que en tan delicado negocio el voto espontáneo de Guayaquil sería el principio que fijase la conducta de los Estados limítrofes, a ninguno de los cuales compete prevenir por la fuerza la deliberación de los pueblos. Tan sagrado ha sido para mí este deber, que desde la primera vez que mandé mis diputados cerca de aquél gobierno, me abstuve de influir en lo que no tenía una relación esencial con el objeto de la guerra del continente. Si V. E. me permite hablarle en un lenguaje digno de la exaltación de su nombre y análogo a mis sentimientos, osaré decirle que no es nuestro destino emplear la espada para otro fin que no sea el de confirmar el derecho que hemos adquirido en los combates para ser aclamados por libertadores de nuestra patria. Dejemos que Guayaquil consulte su destino y medite sus intereses para agregarse libremente a la sección que le convenga, porque tampoco puede quedar aislado sin perjuicio de ambos. Yo no puedo ni quiero dejar de esperar que el día en que se realice nuestra entrevista, el primer abrazo que nos demos transigirá cuantas dificultades existan y será la garantía de la unión que ligue ambos Estados, sin que haya obstáculo que no se remueva definitivamente. Entre tanto, ruego a V. E. se persuada de que la gloria de Colombia y la del Perú son un solo objeto para mí y que apenas concluya la campaña, en que el enemigo va a hacer el último
experimento reuniendo todas sus fuerzas, volaré a encontrar a V. E. y a sellar nuestra gloria, que en gran parte ya no depende sino de nosotros mismos.
Acepte V. E. los sentimientos de admiración y aprecio con que soy de V. E. su atento y obediente servidor.
José de San Martín


1 De la Puente Candamo, José Agustín, Obra de gobierno y epistolario de San Martín, págs. 153-154. Colección documental de la Independencia del Perú, tomo XIII, vol. 2°, Lima, 1976.