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DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA

DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA
FRANCISCO IGARTUA CON DORIS GIBSON, PIEZA CLAVE EN LA FUNDACION DE OIGA, EN 1950 CONFUNDARIAN CARETAS.

«También la providencia fue bondadosa conmigo, al haberme permitido -poniendo a parte estos años que acabo de relatar- escribir siempre en periódicos de mi propiedad, sin atadura alguna, tomando los riesgos y las decisiones dictadas por mi conciencia en el tono en que se me iba la pluma, no siempre dentro de la mesura que tanto gusta a la gente limeña. Fundé Caretas y Oiga, aunque ésta tuvo un primer nacimiento en noviembre de 1948, ocasión en la que también conté con la ayuda decisiva de Doris Gibson, mi socia, mi colaboradora, mi compañera, mi sostén en Caretas, que apareció el año 50. Pero éste es asunto que he tocado ampliamente en un ensayo sobre la prensa revisteril que publiqué años atrás y que, quién sabe, reaparezca en esta edición con algunas enmiendas y añadiduras». FRANCISCO IGARTUA - «ANDANZAS DE UN PERIODISTA MÁS DE 50 AÑOS DE LUCHA EN EL PERÚ - OIGA 9 DE NOVIEMBRE DE 1992»

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«Cierra Oiga para no prostituir sus banderas, o sea sus ideales que fueron y son de los peruanos amantes de las libertades cívicas, de la democracia y de la tolerancia, aunque seamos intolerantes contra la corrupción, con el juego sucio de los gobernantes y de sus autoridades. El pecado de la revista, su pecado mayor, fue quien sabe ser intransigente con su verdad» FRANCISCO IGARTUA – «ADIÓS CON LA SATISFACCIÓN DE NO HABER CLAUDICADO», EDITORIAL «ADIÓS AMIGOS Y ENEMIGOS», OIGA 5 DE SEPTIEMBRE DE 1995

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LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

«Siendo la paz el más difícil y, a la vez, el supremo anhelo de los pueblos, las delegaciones presentes en este Segundo Congreso de las Colectividades Vascas, con la serena perspectiva que da la distancia, respaldan a la sociedad vasca, al Gobierno de Euskadi y a las demás instituciones vascas en su empeño por llevar adelante el proceso de paz ya iniciado y en el que todos estamos comprometidos.» FRANCISCO IGARTUA - TEXTO SOMETIDO A LA APROBACION DE LA ASAMBLEA Y QUE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD - VITORIA-GASTEIZ, 27 DE OCTUBRE DE 1999.

«Muchos más ejemplos del particularismo vasco, de la identidad euskaldun, se pueden extraer de la lectura de estos ajados documentos americanos, pero el espacio, tirano del periodismo, me obliga a concluir y lo hago con un reclamo cara al futuro. Identidad significa afirmación de lo propio y no agresión a la otredad, afirmación actualizada-repito actualizada- de tradiciones que enriquecen la salud de los pueblos y naciones y las pluralidades del ser humano. No se hace patria odiando a los otros, cerrándonos, sino integrando al sentir, a la vivencia de la comunidad euskaldun, la pluralidad del ser vasco. Por ejemplo, asumiendo como propio -porque lo es- el pensamiento de las grandes personalidades vascas, incluido el de los que han sido reacios al Bizcaitarrismo como es el caso de Unamuno, Baroja, Maeztu, figuras universales y profundamente vascas, tanto que don Miguel se preciaba de serlo afirmando «y yo lo soy puro, por los dieciséis costados». Lo decía con el mismo espíritu con el que los vascos en 1612, comenzaban a reunirse en Euskaletxeak aquí en América» - FRANCISCO IGARTUA - AMERICA Y LAS EUSKALETXEAK - EUSKONEWS & MEDIA 72.ZBK 24-31 DE MARZO 2000

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viernes, 2 de agosto de 2013

LA TERCERA

EL CONGRESO CONSTITUYENTE NOMBRA A LOS MIEMBROS DE LA
JUNTA GUBERNATIVA DEL PERU
EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU

Ha nombrado para que compongan la Junta Gubernativa del Perú a los señores don José de la Mar, don Felipe Antonio Alvarado y Conde de Vista Florida, y decretado se haga saber esta resolución.

Imprímase, publíquese y circúlese a quienes corresponda.

Dado en la sala del Congreso, en Lima, a las doce de la noche del 21 de setiembre de 1822.- 3º de la independencia del Perú.

Francisco Javier de Luna Pizarro, Presidente
José Sánchez Carrión, Diputado Secretario

Es copia

José Sánchez Carrión
Francisco Javier Mariátegui

LA TERCERA

DECRETO DEL CONGRESO CONSTITUYENTE DISPONIENDO QUE
CONSERVAR£ PROVISIONALMENTE LAS FUNCIONES DEL
PODER EJECUTIVO, HASTA LA SANCION DE LA CONSTITUCION

Considerando cuanto conviene al solido establecimiento de la independencia y libertad del Perú, el que se conserven reunidos los Poderes Legislativo y Ejecutivo hasta la sanción de la Constitución, para cuyo fin se ha congregado, ha venido en decretar y decreta lo siguiente:
1. El Congreso Constituyente del Perú conserva provisoriamente el Poder Ejecutivo, hasta la promulgación de la Constitución para cuyo fin se ha reunido o antes, si alguna circunstancia lo exigiere a juicio del Congreso.
2. Administrar el Poder Ejecutivo una Comisión de tres individuos del seno del Congreso, elegidos a pluralidad absoluta de sufragios.
3. Esta Comisión no turnara entre los individuos del Congreso.
4. Los elegidos quedan separados del Congreso luego que presenten el juramento respectivo, pudiendo volver a su seno absuelta que sea su comisión y la correspondiente residencia.
5. Esta Comisión consultara al Congreso en los negocios diplomáticos y cualquiera otros arduos.
6. El primer nombramiento que constitucionalmente se hiciere para administrar el Poder Ejecutivo no podrá recaer en ninguna de las personas de la Comisión.
7. Se denominar· esta Comisión Junta Gubernativa del Perú.
8. Su tratamiento será el de Excelencia.
9. Se sancionar· por el Congreso el Reglamento que fije los límites de poder que le confía.

Imprímase, publíquese y circúlese por quienes corresponde.

Dado en la sala del Congreso, en Lima, a las once de la noche del 21 de setiembre de 1822.- 3º

Francisco Javier de Luna Pizarro, Presidente.- José Sánchez Carrión, Diputado

Secretario.- Francisco Javier Mariátegui, Diputado Secretario.

LA TERCERA

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERú ANUNCIA SU INSTALACION
Y DECLARA QUE LA SOBERANIA RESIDE EN LA NACION Y SU
EJERCICIO EN EL CONGRESO
EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL Perú


Deseando llegue a noticia de todo el pueblo peruano haberse reunido por medio de sus Representantes y entrado en la plenitud de su soberanía, ha venido en decretar y decreta lo siguiente:

1º Que se halla solemnemente instalado el Soberano Congreso Constituyente
del Perú.
2º Que la soberanía reside en la nación y su ejercicio en el Congreso que  legítimamente la representa.

Imprímase, publíquese y circúlese por quienes corresponda.

Dado en la sala del Congreso, en Lima, a 20 de setiembre del año del Señor de 1822.- 3º de la independencia del Perú.

Francisco Javier de Luna Pizarro, Presidente
José Sánchez Carrión, Diputado Secretario

Francisco Javier Mariátegui, Diputado Secretario

LA TERCERA

DISCURSO DEL PRESIDENTE DEL CONGRESO CONSTITUYENTE
FRANCISCO JAVIER DE LUNA PIZARRO,
EL 20 DE SETIEMBRE DE 1822 (EXTRACTO)1

Tomado su asiento el señor Presidente anunció «Que ya el Congreso Constituyente del Perú, estaba solemnemente constituido e instalado; que la soberanía residía esencialmente en la nación y su ejercicio en el Congreso que legítimamente la representa». Varios señores Diputados pidieron que se publicase por un decreto expreso lo mismo que acababa de anunciar el señor Presidente; y así se acordó.
Luego dijo el señor Presidente: que se le permitiese tomar la palabra, ya que el Congreso acababa de hacerle el mayor honor que podía recibir en su vida.
«Cuando la Representación del Perú se reúne por la primera vez para tratar sobre los augustos intereses de la patria, nuestros ojos deben volverse a las célebres asambleas deliberantes del mundo, donde la experiencia y la reflexión han descubierto el camino de llegar a su fin, que es la expresión de la voluntad general. Discurrió sobre los objetos de un cuerpo deliberante, la necesidad de obviar los inconvenientes a que está expuesto en el ejercicio de sus funciones y el grave peligro de caer en el caos de la anarquía, cuando celosos los Representantes no pueden formarse un voto general o bajo el formidable peso de una facción, cuando la minoridad prevalece o domina a la mayoría. Sembrados están, dijo, de restos de ruinas ajenas las veredas que vamos a cruzar, y recorrió rápidamente la historia de algunos congresos, que por falta de una organización interior regular han presentado resultados bien tristes para el espíritu humano.
Dedujo de todo, ser de absoluta necesidad, que desde los primeros pasos estudien los Representantes del Perú, conducirse a su objeto por medio del orden que inviolablemente deben observar en sus deliberaciones. Un sistema de policía interior el más propio para prevenir o reducir a su menor número los inconvenientes a que están sujetos los Congresos desde el principio de sus operaciones hasta sus últimos resultados; que facilite a todos los Diputados el ejercicio de su inteligencia y la independencia de su opinión, en que todos sean lo que pueden ser, se presten mutuos auxilios y puedan obrar sin confusión; un régimen interior que imponga al cuerpo entero la necesidad de la reflexión, la moderación y la constancia en sus tareas, es la tabla que nos salvará del naufragio.
Añadió: «Ella no es obra del momento y debe encargarse por el Congreso a una Comisión que prepare los trabajos. Mientras esto se verifica y debiendo dar principio hoy mismo a deliberaciones de la mayor trascendencia, es indispensable tener a la vista algunas de las instituciones o reglas principales generalmente adoptadas en las asambleas deliberantes de mayor nombradía». E hizo una enumeración circunstanciada de las respectivas a la iniciativa, debate y votación de las proposiciones. Concluyó, encargando a los espectadores un profundo silencio, porque si las galerías llegaban a tomar ascendiente en las deliberaciones del Congreso, el resultado sería la anarquía.


1 Diario de las discusiones del Congreso Constituyente del Perú, Imprenta de Manuel del Río y Compañía, Lima, 1822. Reproducido de la obra de Gustavo Pons Muzzo y Alberto Tauro, Primer Congreso Constituyente. Colección documental de la independencia del Perú, tomo XV, vol. 3°, págs. 459-460, Lima, 1975.

LA TERCERA

PROCLAMA DE JOSÉ BERNARDO TAGLE AL ENTREGAR
EL MANDO SUPREMO DEL ESTADO,
21 DE AGOSTO DE 1822


Peruanos:

Al entregar hoy el mando supremo del Estado a S. E. el Protector de la libertad del Perú, mi corazón se llena de la más grata complacencia por estar persuadido de que he dedicado todos mis desvelos a la conservación de vuestra independencia, y que al Excmo. Señor Protector animan iguales sentimientos manifestados tantas veces y con tanto interés a favor de vuestra causa. Mi salud quebrantada no me permite una seria contracción a las complicadas atenciones del gobierno; más siempre que la defensa de la patria reclame mi espada, se empleará al momento en su servicio contra los españoles que aún persisten en el temerario empeño de volvernos a esclavizar.
Nuestra unión, peruanos, subsista como garante de nuestra felicidad; ya se acerca el tiempo en que debe instalarse dignamente el Congreso; el Protector ansia por este momento y está decidido a acelerarlo; entre tanto él gobernará a los pueblos con el amor y dignidad que inspiran sus virtudes, y si el enemigo osase acercarse a nuestros muros, guiará nuestro Ejército a la victoria, y renovará las grandiosas jornadas de Chacabuco y Maipú.


El Marqués de Trujillo

LA TERCERA

PROCLAMA DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
DESPIDIÉNDOSE DEL PERÚ,
20 DE SETIEMBRE DE 1822

Presencié la declaración de la independencia de los Estados de Chile y el Perú; existe en mi poder el estandarte que trajo Pizarro para esclavizar el Imperio de los Incas y he dejado de ser hombre público; he aquí recompensados con usura diez años de revolución y guerra.
Mis promesas para con los pueblos en que he hecho la guerra están cumplidas: hacer su independencia y dejar a su voluntad la elección de sus gobiernos.
La presencia de un militar afortunado (por más desprendimiento que tenga) es temible a los Estados que de nuevo se constituyen; por otra parte, ya estoy aburrido de oír decir que quiero hacerme soberano. Sin embargo, siempre estaré pronto a hacer el último sacrificio por la libertad del país, pero en clase de simple particular y no más.
En cuanto a mi conducta pública, mis compatriotas (como en lo general de las cosas) dividirán sus opiniones; los hijos de éstos darán el verdadero fallo.
Peruanos:
Os dejo establecida la Representación Nacional, si depositáis en ella una entera confianza, cantad el triunfo; si no, la anarquía os va a devorar.
Que el acierto presida a vuestros destinos, y que estos os colmen de felicidad y paz.

Pueblo Libre y setiembre 20 de 1822.


José de San Martín

LA TERCERA

MENSAJE DEL PROTECTOR DEL PERÚ,
GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN,
AL CONGRESO CONSTITUYENTE, EL 20 DE SETIEMBRE DE 1822


Al deponer la insignia que caracteriza al Jefe Supremo del Estado no hago sino cumplir con mis deberes y con los votos de mi corazón. Si algo tienen que agradecerme los peruanos, es el ejercicio del supremo poder, que el imperio de las circunstancias me hizo obtener. Hoy que felizmente lo dimito, yo pido al Ser Supremo el acierto, luces y tino que se necesita para hacer la felicidad de sus representados.

¡Peruanos!


Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes.

LA TERCERA

PROCLAMA DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
AL REASUMIR EL MANDO SUPREMO,
21 DE AGOSTO DE 1822


Compatriotas:

Cuando deposité el mando supremo del Estado en el Gran Mariscal Marqués de Trujillo, resolví no recibirme de él hasta el día que debía entregarlo a la Representación Nacional; pero las reiteradas renuncias de aquel ilustre y benemérito peruano, me han hecho reasumirlo mientras se reúne el Congreso que se va a instalar. Creedme, que si algún derecho tengo al reconocimiento del Perú, es el de haberme vuelto a encargar de lo que me es más repugnante.

La libertad del país asegurada por su Representación, no será perturbada por nuestros enemigos. Tres batallones de los bravos de Colombia unidos a la valiente División del Perú, deben arribar a estas playas de un momento a otro a unirse a sus compañeros de armas, y terminar esta guerra desoladora.

Habitantes de la capital:

Yo os reitero todo mi afecto; y espero de vosotros la más decidida cooperación para fijar la suerte venturosa del Perú.


José de San Martín

LA TERCERA

CARTA DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN A SIMÓN BOLÍVAR
RECLAMANDO POR LA ANEXIÓN DE GUAYAQUIL A COLOMBIA,
3 DE MARZO DE 18221

Al libertador de Colombia.

Excmo. Señor:

Por las comunicaciones que en copia me ha dirigido el gobierno de Guayaquil, tengo el sentimiento de ver la seria intimidación que le ha hecho V. E. para que aquella provincia se agregue al territorio de Colombia. Siempre he creído que en tan delicado negocio el voto espontáneo de Guayaquil sería el principio que fijase la conducta de los Estados limítrofes, a ninguno de los cuales compete prevenir por la fuerza la deliberación de los pueblos. Tan sagrado ha sido para mí este deber, que desde la primera vez que mandé mis diputados cerca de aquél gobierno, me abstuve de influir en lo que no tenía una relación esencial con el objeto de la guerra del continente. Si V. E. me permite hablarle en un lenguaje digno de la exaltación de su nombre y análogo a mis sentimientos, osaré decirle que no es nuestro destino emplear la espada para otro fin que no sea el de confirmar el derecho que hemos adquirido en los combates para ser aclamados por libertadores de nuestra patria. Dejemos que Guayaquil consulte su destino y medite sus intereses para agregarse libremente a la sección que le convenga, porque tampoco puede quedar aislado sin perjuicio de ambos. Yo no puedo ni quiero dejar de esperar que el día en que se realice nuestra entrevista, el primer abrazo que nos demos transigirá cuantas dificultades existan y será la garantía de la unión que ligue ambos Estados, sin que haya obstáculo que no se remueva definitivamente. Entre tanto, ruego a V. E. se persuada de que la gloria de Colombia y la del Perú son un solo objeto para mí y que apenas concluya la campaña, en que el enemigo va a hacer el último
experimento reuniendo todas sus fuerzas, volaré a encontrar a V. E. y a sellar nuestra gloria, que en gran parte ya no depende sino de nosotros mismos.
Acepte V. E. los sentimientos de admiración y aprecio con que soy de V. E. su atento y obediente servidor.
José de San Martín


1 De la Puente Candamo, José Agustín, Obra de gobierno y epistolario de San Martín, págs. 153-154. Colección documental de la Independencia del Perú, tomo XIII, vol. 2°, Lima, 1976.

LA TERCERA

BANDO DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
DELEGANDO EL MANDO A JOSÉ BERNARDO TAGLE,
19 DE ENERO DE 1822
DELEGACIÓN DEL MANDO
BANDO
EL PROTECTOR DE LA LIBERTAD DEL PERÚ

Cuando resolví ponerme al frente de la administración del Perú, y tomar sobre  mí el peso de tan vasta responsabilidad, anuncié que en el fondo de mi conciencia estaban escritos los motivos que me obligaban a este sacrificio. Los testimonios que he recibido desde entonces de la confianza pública, animan la mía, y me empeñan de nuevo a consagrarme todo entero al sostén de los derechos que he restablecido. Yo no tengo libertad sino para elegir los medios de contribuir a la perfección de esta grande obra, porque tiempo a que no me pertenezco a mí mismo, sino a la causa del continente americano. Ella exigió que me encargase del ejercicio de la autoridad suprema y me sometí con celo a este convencimiento; hoy me llama a realizar un designio, cuya contemplación halaga mis más caras esperanzas; voy a encontrar en Guayaquil al libertador de Colombia; los intereses generales de ambos Estados, la enérgica terminación de la guerra que sostenemos y la estabilidad del destino a que con rapidez se acerca la América, hacen nuestra entrevista necesaria, ya que el orden de los acontecimientos nos ha constituido en alto grado responsables del éxito de esta sublime empresa. Yo volveré a ponerme al frente de los negocios públicos en el tiempo señalado para la reunión del Congreso; buscaré el lado de mis antiguos compañeros de armas, si es preciso que participe los peligros y la gloria que ofrecen los combates; y en todas circunstancias seré el primero en obedecer la voluntad general y en sostenerla.
Entre tanto, dejo el mando supremo en manos de un peruano ilustre, que sabe cumplir los deberes que le imponen su patria; él queda encargado de dirigir una administración, cuyas principales bases se han establecido en el espacio interrumpido de seis meses, en que el pueblo ha hecho los primeros ensayos de su energía y el enemigo los últimos esfuerzos de su obstinación. Yo espero, lleno de confianza, que continuando el gobierno bajo los auspicios del patriotismo y disciplina del Ejército, del amor al orden que anima a todos los habitantes del Perú y del celo infatigable con que las demás autoridades cooperan al acierto de las medidas administrativas; haremos el primer experimento feliz de formar un gobierno independiente, cuya consolidación no cueste lágrimas a la humanidad. En fin, yo sé que el pueblo y el Ejército tienen un sólo corazón, y que el general a quien voy a confiar el depósito de que me encargue llenará todos sus votos y los míos. Con tal presentimiento y oído el dictamen de mi Consejo de Estado.
He acordado y decreto:
1° La suprema potestad directiva de los departamentos libres del Perú queda delegada sin restricción en el Gran Mariscal Marqués de Torre Tagle;
2° Durante el tiempo que administre el gobierno, tendrá la denominación de  Supremo Delegado; su tratamiento y atribuciones serán las que detalla la  sección segunda del Estatuto Provisional dado en 8 de octubre del año  anterior; también usará el distintivo que señala el artículo 4° del decreto del  31 del mismo;
3° Mañana a las once del día concurrirán a palacio todas las autoridades  constituidas, generales y jefes del Ejército a prestar el juramento de  obediencia al Supremo Delegado, quien antes jurará el Estatuto Provisorio  en manos del Ministro de Estado; en seguida harán el que les corresponde  los tres ministros en las del Supremo Delegado, y cada uno de ellos  continuará recibiéndolo a las demás autoridades, según el departamento que  presiden;
4° Se hará una salva triple de artillería en el acto que el Supremo Delegado  cumpla con lo prevenido en el artículo anterior y saldrá con toda la comitiva a  la Iglesia Catedral, donde se cantará el Te Deum. En esta noche y en la de  mañana se iluminará la capital;
5° Los miembros del Consejo de Estado prestarán el debido juramento la  primera vez que se reúnan en la sala de sus sesiones, si no lo hicieren el día  mañana, por estar comprendidos entre las autoridades que concurran;
6° El Ministro de Estado queda encargado de comunicar este decreto a los  gobiernos independientes de América para su inteligencia, y a los  presidentes de los demás departamentos, para que por su parte cumplan
con lo que previene el artículo 3°.

Publíquese por bando e insértese en la Gaceta Oficial.

Dado en el Palacio Protectoral de Lima, a 19 de enero de 1822.

José de San Martín

Por orden de S. E.


B. Monteagudo

LA TERCERA

DECRETO DEL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN ASUMIENDO EL
MANDO SUPREMO POLÍTICO Y MILITAR, CON EL TÍTULO DE
PROTECTOR, 3 DE AGOSTO DE 1821
DON JOSÉ DE SAN MARTÍN, CAPITÁN GENERAL DE EJÉRCITO Y EN JEFE
DEL LIBERTADOR DEL PERÚ, GRANDE OFICIAL DE LA LEGIÓN DE
MÉRITO DE CHILE, PROTECTOR DEL PERÚ, ETC., ETC., ETC.

Al encargarme de la importante empresa de la libertad de este país no tuve otro móvil que mis deseos de adelantar la sagrada causa de la América y de promover la felicidad del pueblo peruano. Una parte muy considerable de aquellos se ha realizado ya; pero la obra quedaría incompleta, y mi corazón poco satisfecho, si yo no afianzase para siempre la seguridad y la prosperidad futura de los habitantes de esta región.
Desde mi llegada a Pisco anuncié que por el imperio de las circunstancias me hallaba revestido de la suprema autoridad y que era responsable a la patria del ejercicio de ella. No han variado aquellas circunstancias puesto que aún hay en el Perú enemigos exteriores que combatir y, por consiguiente, es de necesidad que continúen reasumidos en mí el mando político y el militar.
Espero que, al dar este paso, se me hará la justicia de creer que no me conducen ningunas miras de ambición, si sólo la conveniencia pública. Es  demasiado notorio que no aspiro sino a la tranquilidad y al retiro después de  una vida tan agitada; pero tengo sobre mí una responsabilidad moral, que exige el sacrificio de mis más ardientes votos. La experiencia de 10 años de  revolución en Venezuela, Cundinamarca, Chile y Provincias Unidas del Río de  la Plata, me ha hecho conocer los males que ha ocasionado la convocación  intempestiva de congresos, cuando aún subsistían enemigos en aquellos países: primero es asegurar la independencia, después se pensará en establecer la libertad sólidamente. La religiosidad con que he cumplido mi palabra en el curso de mi vida pública me da derecho a ser creído; y yo la comprometo ofreciendo solemnemente a los pueblos del Perú que en el  momento mismo en que sea libre su territorio, haré dimisión del mando para hacer lugar al gobierno que ellos tengan a bien elegir. La franqueza con que  hablo debe servir como un nuevo garante de la sinceridad de mi intención. Yo pudiera haber dispuesto que electores nombrados por los ciudadanos de los departamentos libres designasen la persona que había de gobernar, hasta la reunión de los Representantes de la nación peruana; más como por una parte la simultánea y repetida invitación de gran número de personas de elevado carácter y decidido influjo en esta capital para que presidiese a la administración del Estado me aseguraba un nombramiento popular; y por otra había obtenido ya el asentimiento de los pueblos que estaban bajo la protección del Ejército Libertador, he juzgado más decoroso y conveniente el seguir esta conducta franca y leal, que debe tranquilizar a los ciudadanos celosos de su libertad.
Cuando tenga la satisfacción de renunciar el mando y dar cuenta de mis operaciones a los Representantes del pueblo, estoy cierto que no encontrarán en la época de mi administración ninguno de aquellos rasgos de venalidad, despotismo y corrupción que han caracterizado a los agentes del gobierno español en América. Administrar recta justicia a todos recompensando la virtud y el patriotismo, y castigando el vicio y la sedición en donde quiera que se encuentren, tal es la norma que reglará mis acciones, mientras esté colocado a la cabeza de esta nación.
Conviniendo, pues, a los intereses del país la instalación de un gobierno vigoroso, que lo preserve de los males que pudiera producir la guerra, la licencia y la anarquía.
Por tanto declaro lo siguiente:

1. Quedan unidos desde hoy en mi persona el mando supremo político y militar de los departamentos libres del Perú, bajo el título de Protector.
2. El Ministerio de Estado y Relaciones Exteriores está encargado a don Juan García del Río, Secretario del despacho.
3. El de la Guerra y Marina, al teniente coronel don Bernardo Monteagudo,  auditor de guerra del Ejército y Marina, Secretario del despacho.
4. El de Hacienda, al doctor don Hipólito de Unánue, Secretario del despacho.
5. Todas las órdenes y comunicaciones oficiales serán firmadas por el respectivo secretario del despacho y rubricadas por mí; y las comunicaciones que se me dirijan vendrán por medio del Ministerio a que correspondan.
6. Con la posible brevedad se formarán los reglamentos necesarios para el mejor sistema de administración y el mejor servicio público.
7. El actual decreto sólo tendrá fuerza y vigor hasta tanto que se reúnan los Representantes de la nación peruana y determinen sobre su forma y modo de gobierno.

Dado en Lima a 3 de agosto de 1821.- 2° de la libertad del Perú.


José de San Martín

LA TERCERA

PROCLAMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ
GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN,
28 DE JULIO DE 1821

El Perú es desde este momento libre e independiente por la voluntad general de los pueblos y por la justicia de su causa que Dios defiende.
¡Viva la patria!
¡Viva la libertad!

¡Viva la independencia!

LA TERCERA

ACTA DEL CABILDO DE LIMA PRONUNCIÁNDOSE A FAVOR DE LA
INDEPENDENCIA DEL PERÚ,
15 DE JULIO DE 1821

En la Ciudad de los Reyes del Perú, en quince de julio de mil ochocientos veinte y uno. Reunidos en este Excelentísimo Ayuntamiento los señores que lo componen, con el Excelentísimo e Ilustrísimo Señor Arzobispo de esta Santa Iglesia Metropolitana, prelados de los conventos religiosos, títulos de Castilla y varios vecinos de esta capital, con el objeto de dar cumplimiento a lo prevenido en oficio del Excelentísimo Señor General en Jefe del Ejército Libertador don José de San Martín, del día de ayer, cuyo tenor se ha leído; e impuestos de su contenido reducido a que las personas de conocida probidad, luces y patriotismo que habitan esta capital expresasen si la opinión general se hallaba decidida por la independencia, cuyo voto le sirviese de norte al expresado Señor General para proceder a la jura de ella. Todos los señores concurrentes por sí y satisfechos de la opinión de los habitantes de la capital dijeron: Que la voluntad general está decidida por la independencia del Perú de la dominación española y de cualquiera otra extranjera; y que para que se proceda a su sanción por medio del correspondiente juramento, se conteste con copia certificada de esta acta al mismo Señor Excelentísimo y firmaron los señores:

El Conde de San Isidro – Bartolomé Arzobispo de Lima – Francisco de Zárate – Simón Rávago – Francisco Valles – Pedro de la Puente – Francisco Xavier de Echagüe – Manuel de Arias – el Conde de la Vega del Ren – fr. Gerónimo Cavero – José Ignacio Palacios – Antonio Padilla, síndico procurador general – José Mariano Aguirre – el Conde de Las lagunas – Francisco Concha – Toribio Rodríguez – Xavier de Luna Pizarro – José de la Riva Agüero – Andrés Salazar – Francisco Salazar – José de Arriz – el Marqués de Villafuerte – doctor Segundo Antonio Carrión – Juan de Echevarría – Juan Manuel Manzano – el Marqués de Casa Dávila – Nicolás de Aranivar – Tomás de Méndez y La Chica – Francisco Valdivieso – fray Anselmo Texero – Manuel Cogoy – Pedro de los Ríos – Manuel Urquijo – Pedro Manuel Bazo – Francisco José Colmenares – Jorge Benavente – Manuel Agustín de la Torre – Juan Esteban Henríquez de Saladaña – Tomás de Vallejo – José Zagal – fray Tomás Silva – Antonio Camino Vergara – Cecilio Tagle – Miguel Tenorio – Manuel de la Fuente Chávez – fray Juan de Dios Salas – Manuel del Valle y García – Vicente Benito de la Riva – Tomás Ortiz de Cevallos – fr. Pedro de Pasos – Manuel Saénz de Texada – Manuel de Landázuri – Justo Figuerola – Miguel Tafur – el Marqués de Monte Alegre – Juan Panizo y Foronda – Tomás Panizo y Talamantes – Manuel Ignacio García – Martín José Pérez de Cortiguera – Diego Noriega – Pedro Urquizo – Juan Gualberto Menacho – doctor Ignacio Ortiz de Cevallos – Manuel Cayetano Semino y Larrea – José Cirilo Cornejo – José Mariano Román – Pablo Condorena – Juan Reymundez – Antonio Boza – Manuel Tellería – Manuel de la Fuente y Murga – Gaspar Gandarilla – doctor José María Falcón – Juan Saavedra – Manuel Negreiros y Loyola – doctor Juan Francisco Puelles – Eugenio de la Casa – Tomás José Morales – doctor Pedro de Tramaría – Agustín Larrea – doctor Fernando de Virquiaga – Hipólito Unánue – Marcelino de Barrios – José de la Puente – José Perfecto de Tellería – José Zúñiga – José Francia – Manuel Concha – Manuel Díaz – doctor Juan Bautista Ramírez – doctor Manuel Antonio Colmenares – Luis Antonio Naranjo– Tomás Cornejo – Manuel Ayllón – Mateo de Pró – Lorenzo Zárate – Pedro Manuel Escobar– Juan Salazar – José Martín de Toledo – Mariano Pord – José Manuel Dávalos – doctor Francisco Herrera – Antonio de Salas – Manuel de Arias – Juan Cosio – Felipe Llanos – Lorenzo del Río – Ángel Tomás de Alfaro – Manuel Mansilla – Mariano González – Fermín Moreno – José Francisco Garay – Esteban Salmón – Manuel Suárez – José Alonso Montejo – doctor José Manuel de Villaverde – José Bonifacio Vargas y Zumarán – Simón Vásquez – Miguel Riofrío – Miguel Gaspar de La Puente – el Conde de Torreblanca – Jacinto de la Cruz – José Vidal – Francisco Renovales – Francisco Moreyra y Matute – Tomás de la Casa y Piedra – Mariano Tramarria – Mariano José de Arce – Manuel Ferreyros – Manuel Villarán – el Conde de Vistaflorida – Manuel Concha – Miguel Antonio de Vértiz – Francisco Antonio del Carpio – Mariano de Sarria – Pedro Fano – José Crisanto Ferreyros – Manuel Durand – Pedro Loyola – Francisco Xavier Mariátegui – José Antonio de Ugarte – Antonio de Bedoya – Santiago Campos – José Pezet – Manuel Travi y Tazo – José Ugarte – José Coronilla – Pedro Abadía – Pedro Olaechea – José Terán – Pedro José de Méndez – Juan de Ezeta – Manuel García Plata y Urbaneja – Justo Zumaeta – Pedro Echegaray – Valentín Ramírez – José Antonio Henríquez – Manuel Tudela – José Cavero – Eusebio González – Isidro Castañeda – Domingo Velarde – Marcelo de la Clara – José Mendoza y Santa Cruz – Agustín Bastidas – Lucas Antonio Palacios – Julián de Cubillas – Pedro de Jáuregui – José Domingo Castañeda – Francisco Collantes Rubio – Alexandro Poquis – fr. José Manuel Maldonado – José de la Torre – Tadeo Chávez – Juan Antonio Pitot – José Mercedes Castañeda – Francisco Vergara – Juan Francisco de Izque – fr. Manuel Mendiburu – José Melchor de Cáceres – Manuel Antonio Díaz – Manuel Marquina – José Cayetano de Parracia – José Eugenio Izaguirre – José Eustaquio Roldán – Agustín de Vivanco – José Antonio de Cobián – Clemente Verdeguer – fr. Melchor Montejo – José Luis Oyagüe – Toribio de Alarco – Manuel Gallo – Ignacio Ayllón Salazar – Juan de Elizalde – fr. José Vargas – Manuel Alvarado – José Domingo Solórzano – Antonio Elverdin – Manuel Baca – Manuel de Unizar – Nicolás de los Ríos – Mariano Pérez de Saravia – Juan de Acencios – Mariano Bravo – José Bernabé Romero – Bernardo Pont – Manuel de Zumaeta – Mariano Gómez Lizardi – Pedro del Castillo – fr. Mariano Negrón – fr. Mariano Seminario – fr. José Domingo Oyerregui – Pablo Romero – Ignacio Talamantes y Baeza – José de Espinoza – José Manuel Malo de Molina – Manuel Rivera – Nicolás navarro – Mariano Chaparro – José Manuel Ayesta – Isidro Blanco – Narciso Espinoza – José Unzaguey – Mariano Vega – Julián Ponce – Pablo Espinoza – Hipólito Balares – fr. Lázaro Valaguer – Francisco de Mendoza Ríos y Caballero – Francisco Xavier de Izque – Isidoro Alzaga – Bernardino Hordillo – Manuel Suárez – Manuel Gonzáles y Pabón – José Infantes – Manuel Porras – Manuel Ruyloba – Pedro Antonio López – Vicente Sánchez – Cayetano de Casas – Domingo Encalada y Cevallos – Pedro Dávila – Carlos de Bedoya – José Vivansan Rivas – Juan Pabón y Carero – Feliz de Herrera – fr. Pedro Bravo – José María de Guamano – Andrés Zamanamut – Manuel Herrera – Manuel Vallejo – José Jorge Landaburu – Manuel de Álvarez y Hoyos – Andrés Negrón – Juan Ignacio de los Ríos – NicolásAmes – José Neque – fr. José Seminario – José María Ramírez – Guillermo del Río – Andrés Riquero – Felipe garcía – Francisco Carrillo y Mudarra – el Conde de San Juan de Lurigancho – Diego Aliaga – Faustino de Olaya – Gabriel de Oro – Apolinario del Portal – Tomás Benaquet – José Valentín Huidobro – José Manuel de La Rosa López – Juan Bautista Navarrete – Ignacio Cavero y Tagle – Calixto Gutiérrez de La Fuente – Manuel de Bonilla y Prados – Gabino de Pizarro y Lara – Julián del Castillo – Manuel López – Juan Infanta – Francisco Eufrasio de Garay – Bruno Herrera – José Arévalo – Juan Manuel Fernández – José Rodríguez – Antonio Pérez – Lorenzo Amor – Miguel Bruno Bayeto – José Bernardo de Izquierdo – Tomás Benaut – José González – José Carlos – José María Chávez – fr. José Salazar – Fabián Alguero – Antonio Pelaet – Manuel Cubillas – José Arostegui – Lorenzo Cano – Juan Esteban de Garate – Vicente Arnao – José María Rodríguez – José Lugo Noguera – Gaspar de Cruceta – Francisco Noya – José Hue – José Torres – José Guillermo Giraldino – Miguel Molineros – José Ignacio Sánchez y Santa Cruz – Eusebio Ramos – Juan Bautista Valdez – Juan Manuel de la Pinilla – José Hurtado – Pedro Salvi – José Olaqua – Bacilio Govea – Ramón de Vallejo – Alexo de la Torre – José de Perochena – Nicolás Mosquera – Pedro Rivas – Blas Covarrubia – Gaspar de Candamo – Manuel Vicente Cortez – Juan Francisco Carrión – José Manuel de Rivas – Narciso Antonio Marcade – José Cubillas – fr. Mariano Calatayud – José Agustín Ordóñez – Manuel Rivero – Manuel Pellegrin – Manuel Romero – Manuel Barroso – Agustín Cordero – Martín del Risco – Tiburcio José de la Hermosa, síndico procurador general – el Marqués de Corpa, síndico procurador general – Manuel Muelle, secretario.