Vistas de página en total

Mi lista de blogs

DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA

DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA
FRANCISCO IGARTUA CON DORIS GIBSON, PIEZA CLAVE EN LA FUNDACION DE OIGA, EN 1950 CONFUNDARIAN CARETAS.

«También la providencia fue bondadosa conmigo, al haberme permitido -poniendo a parte estos años que acabo de relatar- escribir siempre en periódicos de mi propiedad, sin atadura alguna, tomando los riesgos y las decisiones dictadas por mi conciencia en el tono en que se me iba la pluma, no siempre dentro de la mesura que tanto gusta a la gente limeña. Fundé Caretas y Oiga, aunque ésta tuvo un primer nacimiento en noviembre de 1948, ocasión en la que también conté con la ayuda decisiva de Doris Gibson, mi socia, mi colaboradora, mi compañera, mi sostén en Caretas, que apareció el año 50. Pero éste es asunto que he tocado ampliamente en un ensayo sobre la prensa revisteril que publiqué años atrás y que, quién sabe, reaparezca en esta edición con algunas enmiendas y añadiduras». FRANCISCO IGARTUA - «ANDANZAS DE UN PERIODISTA MÁS DE 50 AÑOS DE LUCHA EN EL PERÚ - OIGA 9 DE NOVIEMBRE DE 1992»

Mi lista de blogs

«Cierra Oiga para no prostituir sus banderas, o sea sus ideales que fueron y son de los peruanos amantes de las libertades cívicas, de la democracia y de la tolerancia, aunque seamos intolerantes contra la corrupción, con el juego sucio de los gobernantes y de sus autoridades. El pecado de la revista, su pecado mayor, fue quien sabe ser intransigente con su verdad» FRANCISCO IGARTUA – «ADIÓS CON LA SATISFACCIÓN DE NO HABER CLAUDICADO», EDITORIAL «ADIÓS AMIGOS Y ENEMIGOS», OIGA 5 DE SEPTIEMBRE DE 1995

Mi lista de blogs

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

«Siendo la paz el más difícil y, a la vez, el supremo anhelo de los pueblos, las delegaciones presentes en este Segundo Congreso de las Colectividades Vascas, con la serena perspectiva que da la distancia, respaldan a la sociedad vasca, al Gobierno de Euskadi y a las demás instituciones vascas en su empeño por llevar adelante el proceso de paz ya iniciado y en el que todos estamos comprometidos.» FRANCISCO IGARTUA - TEXTO SOMETIDO A LA APROBACION DE LA ASAMBLEA Y QUE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD - VITORIA-GASTEIZ, 27 DE OCTUBRE DE 1999.

«Muchos más ejemplos del particularismo vasco, de la identidad euskaldun, se pueden extraer de la lectura de estos ajados documentos americanos, pero el espacio, tirano del periodismo, me obliga a concluir y lo hago con un reclamo cara al futuro. Identidad significa afirmación de lo propio y no agresión a la otredad, afirmación actualizada-repito actualizada- de tradiciones que enriquecen la salud de los pueblos y naciones y las pluralidades del ser humano. No se hace patria odiando a los otros, cerrándonos, sino integrando al sentir, a la vivencia de la comunidad euskaldun, la pluralidad del ser vasco. Por ejemplo, asumiendo como propio -porque lo es- el pensamiento de las grandes personalidades vascas, incluido el de los que han sido reacios al Bizcaitarrismo como es el caso de Unamuno, Baroja, Maeztu, figuras universales y profundamente vascas, tanto que don Miguel se preciaba de serlo afirmando «y yo lo soy puro, por los dieciséis costados». Lo decía con el mismo espíritu con el que los vascos en 1612, comenzaban a reunirse en Euskaletxeak aquí en América» - FRANCISCO IGARTUA - AMERICA Y LAS EUSKALETXEAK - EUSKONEWS & MEDIA 72.ZBK 24-31 DE MARZO 2000

Mi lista de blogs

jueves, 19 de enero de 2012

Oiga

EXP. N.° 02468-2010-PHC/TC

LIMA

JUAN DE DIOS ZORRILLA QUINTANA

A FAVOR DE EDUARDO MARTÍN

CALMELL DEL SOLAR DÍAZ

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 28 días del mes de noviembre de 2011, el Pleno del Tribunal Constitucional, integrado por los magistrados Mesía Ramírez, Álvarez Miranda, Vergara Gotelli, Beaumont Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Urviola Hani, pronuncia la siguiente sentencia

ASUNTO

El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Juan de Dios Zorrilla Quintana, a favor de don Eduardo Martín Calmell del Solar Díaz, contra la resolución expedida por la Sexta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima para Procesos con Reos Libres, de fojas 1020, su fecha 19 de abril de 2010, que declara infundada la demanda de autos.

ANTECEDENTES

Con fecha 19 de julio de 2009 el recurrente interpone demanda de hábeas corpus a favor de don Eduardo Martín Calmell del Solar Díaz contra la juez del Segundo Juzgado Penal Especial Anticorrupción, Victoria Sánchez Espinoza, y los vocales de la Cuarta Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, don Abigaíl Colquicocha Manrique, doña Luisa Napa Lévano y don Carlos Brousset Salas. Alega la vulneración de los derechos a la libertad individual, a la libertad de tránsito, al debido proceso y del principio de la cosa juzgada.

Sostiene el recurrente que al beneficiado se le procesa por los delitos de asociación ilícita para delinquir y peculado en el Expediente Nº 055-2001, donde se le han cursado órdenes de detención y "pese a que el Estado Peruano fue vencido en el proceso de extradición que se hiciese en Chile, mediante sentencia expedida por la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Chile, que lo ha exculpado plenamente de los delitos de asociación ilícita y peculado, resolviendo el fondo de los referidos tipos penales respectivamente y que tiene autoridad de cosa juzgada y donde quedó evidenciado que el favorecido fue enjuiciado en el Perú en su condición de periodista por el gobierno de Valentín Paniagua y por el que fue acusado injustamente por brindar apoyo en su calidad de director del periódico Expreso en la reelección del presidente Alberto Fujimori y por recibir dinero del Estado de Vladimiro Montesinos Torres para la compra de Cable Canal de Noticias y por recibir dinero del Estado como contribución a la campaña reeleccionista del expresidente Alberto Fujimori Fujimori, no goza de total libertad de tránsito, pues a pesar de que goza de libertad en Chile no puede salir de ese país ya que las órdenes de captura internacional están vigentes en todos los países del mundo.

Con fecha 30 de diciembre del 2009 el Cuadragésimo Noveno Juzgado Penal de Lima declara infundada la demanda por considerar que mediante el presente proceso el beneficiado pretende la intromisión del órgano jurisdiccional constitucional externo, lo cual transgrede el principio de independencia e interferencia del ejercicio de la función jurisdiccional del Magistrado accionado, contemplado en el artículo 139, inciso 1, de la Constitución Política del Perú.

A su turno, la Sexta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima para Procesos con Reos Libres confirma la apelada por considerar que no se ha acreditado la vulneración de ningún derecho alegado por el recurrente.

FUNDAMENTOS

1. El objeto de la demanda es que se ordene la anulación de las órdenes de detención tanto nacionales como internacionales dictadas contra el beneficiado por los jueces emplazados en el proceso que se le sigue por los delitos contra la administración pública –peculado y contra la tranquilidad pública– asociación ilícita para delinquir en agravio del Estado, en atención a que al tener la calidad de cosa juzgada el pronunciamiento de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Chile que rechazó la extradición del beneficiado, se vulnera su derecho a la libertad de tránsito al no poder salir de ese país, al encontrarse vigente las órdenes de captura internacional en todos los países del mundo.

2. Que la Constitución establece expresamente en el artículo 200, inciso 1, que el hábeas corpus procede cuando se amenace o viole el derecho a la libertad individual o los derechos constitucionales conexos a ella, entre ellos la libertad de tránsito. A su vez, el artículo 139º, inciso 13, de la Norma Fundamental señala que son principios y derechos de la función jurisdiccional la prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada añadiendo que la amnistía, el indulto, el sobreseimiento definitivo y la prescripción producen los efectos de cosa juzgada.

3. Tal como lo ha señalado el Tribunal Constitucional en anterior oportunidad, la extradición debe ser entendida como un procedimiento mediante el cual un Estado es requerido para que haga entrega de un individuo que se encuentra dentro de su territorio y que tiene la condición de procesado o condenado por un delito común, al Estado requirente o solicitante, en virtud de un tratado, o a falta de este, por aplicación del Principio de Reciprocidad, para que sea puesto a disposición de la autoridad judicial competente y se le enjuicie penalmente, o para que cumpla y se ejecute la pena impuesta, si se hubiera producido previamente el proceso penal correspondiente (Cfr. Exp. Nº 3966-2004-HC/TC, Enrique José Benavides Morales).

4. En el caso materia de análisis, este Tribunal advierte que la decisión que motivó el rechazo del pedido de extradición no constituye una Resolución Judicial Suprema o Ejecutoria Suprema que pueda calificar el hecho como cosa juzgada, pues como ya se indicó, la extradición es un instituto jurídico que viabiliza la remisión compulsiva de un individuo por parte de un Estado a los órganos jurisdiccionales competentes de otro a efectos de que sea enjuiciado o cumpla con una condena impuesta, y el acceder o denegar una extradición no implica una calificación de los hechos que conlleve la exculpación del favorecido, ya que ello es propio de un proceso ordinario. Por lo que siendo así, y estando vigente el mandato de detención dictado contra el beneficiario en el auto de apertura de instrucción de fojas 95, así como la resolución de fecha 6 de febrero del 2004, que ordena su ubicación y captura a nivel nacional e internacional, resolución que fue confirmada por la Sala Penal Superior con resolución de fecha 16 de agosto de 2004, las mismas que fueron emitidas dentro de un proceso penal con las garantías de ley, la presente demanda deberá ser desestimada, dado que no configura cosa juzgada la resolución emitida por el Poder Judicial del Chile que rechazó la extradición del beneficiario.

5. Por lo tanto, la presente demanda debe ser desestimada al no haberse acreditado la vulneración de los derechos constitucionales invocados, resultando de aplicación el artículo 2º, a contrario sensu, del Código Procesal Constitucional.

Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

HA RESUELTO

Declarar INFUNDADA la demanda.

Publíquese y notifíquese.

SS.

MESÍA RAMÍREZ

ÁLVAREZ MIRANDA

VERGARA GOTELLI

BEAUMONT CALLIRGOS

CALLE HAYEN

ETO CRUZ

URVIOLA HANI

Oiga

DIARIO CORREO

INSÓLITO: EN CANAL 5 SE LANZÓ

LA CANDIDATURA DE FUJIMORI PARA 2006

Por Francisco Igartua

Domingo 6 de julio del 2002

El domingo pasado, viendo y oyendo la televisión en ese tonto matar el tiempo de nuestros días, quedé de pronto estupefacto. No podía ser, pero así era. Con descaro, sin la mejor pudicia, en el programa Panorama se hacía la defensa del prófugo Alberto Fujimori, con la abierta intención de preparar su retorno a la Presidencia en el 2006. Escudada en una falsa imparcialidad, Mónica Delta permitía a un representante del huido ex presidente despacharse a su antojo, proclamando las enormes virtudes de Fujimori y su impoluta conducta. Su único error, según el autor del pegajoso ritmo de El Chino, fue haber confiado en el maligno Montesinos, el único responsable de todo el horror y el latrocinio de su régimen. Era como si en Alemania de los años 40 y 50 en un medio de difusión alguien se hubiera atrevido a reivindicar a Hitler echándole al monstruoso Himmler la culpa de todos los horrores del nazismo. ¡Cómo si el segundo no hubiera sido hechura de los delirios criminales del führer nazi!

El intento de Panorama por relanzar la figura del chino "amigo de los cholitos" era evidente, tanto como el desesperado propósito de lavarse las manos con la cortina de incrédulas preguntas que, por encargo, le iba haciendo al entrevistado una desganada cronista.

Pero ¿sólo Panorama tendría responsabilidad en la repulsiva resurrección de Fujimori?.... No. Serán varios a los que habría que achacar tan espeluznante retorno. Por lo pronto, a los que se encargaron, al instalarse el régimen democrático, de escoger al procurador de la República. No se les ocurrió idea más brillante que respaldar al mismo procurador ¡escogido por el mismísimo Fujimori para investigar a su régimen!

El resultado está a la vista. Hasta este momento no se ha formalizado una sola acusación sustantiva contra el prófugo ex presidente y cabeza visible y todo pudiente del fujimorismo. El doctor Ugaz se lució en la investigación contra quien lo hizo procurador. A pesar de que se le alcanzaron documentos con la firma de Fujimori que servían y sirven de base para acusarlo con fundamento de crímenes de lesa humanidad, todo su esfuerzo estuvo concentrado no en el líder sino en el Himmler de Fujimori, en Montesinos; y en dar curso a todas las acusaciones lanzadas por la Pinchi Pinchi y compañía. Algunas de poca monta, pero que han servido para rellenar las cárceles.

También contribuye la justicia abusiva

Culpa del posible regreso de Fujimori a la arena política peruana no sólo la tendrán programas que, como Panorama del pasado domingo, difundan sus virtudes e inocencias, impresionando a muchos, entre otros a la empleada de mi casa que el lunes me preguntó: "¿Será verdad lo que decía ayer el señor de Panorama? Parecía muy sincero". También serán culpables los abusos judiciales que se están cometiendo, pues justicia abusiva no es justicia y sirve para que se confundan los procesos justos con los que no lo son. De lo que resultará una confusión favorable a los verdaderos delincuentes del descomunal horror que fue el fujimorismo.

Ejemplo de esa justicia abusiva son los casos del señor Héctor Chumpitaz y del doctor Ernesto Gamarra. Al primero se le persigue y humilla porque recibió unos dólares de manos de Montesinos. Y yo no veo aquí cuál pueda ser el delito. Es absolutamente razonable que un ingenuo deportista como Chumpitaz se haya sentido halagado al ofrecérsele la posibilidad de ser regidor municipal y tenía que ser lógico, no sólo para él sino para la mayoría de los peruanos, que el verdadero segundo en la jerarquía del fujimorismo fuera la autoridad partidaria competente para escoger candidatos y para cubrir los gastos de campaña de los postulantes sin medios económicos que aportarían votos por su personal popularidad. Así ha sido siempre aquí, en Washington y en la Cochinchina y creo que seguirá siéndolo en el futuro. También, contrariamente, los que sólo cuentan con el deseo de ser candidatos siempre tendrán que poner dinero.

Lo mismo que con las bayonetas

El caso de Gamarra es más simple aún. Y sobre el tema tengo amplia experiencia, pues no una sino muchas veces he sido solicitado por amigos para que haga de intermediario ante otros amigos ricos y éstos les proporcionen ayuda en elecciones políticas o institucionales. Y así actuó Gamarra. Acudió a un viejo amigo con su cuita y éste lo conectó con alguien sólo conocido como próspero industrial, quien le proporcionó tres mil dólares para la candidatura edil de su señora. Lo de la filmación fue una montesinada para chantajear al congresista de oposición.

Todas estas sorprendidas divagaciones son resultado del programa Panorama del domingo, increíblemente dedicado a relanzar a Alberto Fujimori como figura política peruana para el 2006. Pero se equivoca Canal 5 si cree que tamaño despropósito puede ser justificado con el cuento del interés periodístico. Con ese criterio, también resultaría "interesante" una entrevista "imparcial" a un senderista que haga la apología de Abimael Guzmán. Igual que con las bayonetas, con la libertad de prensa se pueden hacer muchas cosas menos sentarse en ella. Así se la embarra.

Oiga

DIARIO CORREO

Es verdad aunque usted no lo crea:

ALGUIEN PROTEGE A FUJIMORI

Por Francisco Igartua

Domingo 6 de enero del 2002

Me habría gustado ocuparme esta semana del implacable debate entre populistas y neoliberales (o liberales a secas como ellos gustan ser identificados). Un debate donde los unos y los otros se refutan e injurian no refiriéndose a la tesis contraria sino a la caricatura que cada bando se hace de la tesis contraria. Los populistas (que afirman ya no ser populistas) despellejan a sus adversarios acusándolos de estar sometidos a los intereses de las transnacionales y del Fondo Monetario, señalado como un empecinado cobrador de la deuda externa; mientras que los liberales (que califican de buenas las primeras etapas de Fujimori y Menem) llegan a extremos de risible fanatismo por boca del presidente de la Confiep, quien encuentra que estamos mejor que Argentina porque, entre otras razones, también pueriles, "nuestro nivel de in-flación es bajo; ¡incluso menor que el de Estados Unidos!" (la exclamación es mía). ¿O sea que, cuando nadie tenga un centavo para comprar y no exista un solo vendedor por falta de clientes, habremos derrotado a la economía nortea-mericana?

Semejantes alucinaciones hacen que legos en la materia, como yo, nos sintamos con ánimo de entrometernos en el debate reclamando a las dos banderías que tomen lecciones del impactante recuento de Patricia Castro sobre su experiencia en Afganistán, crónica magnífica, merecedora (si lo hubiera) del premio nacional de periodismo, resumida en un punzante consejo, referido al horror de la guerra: "seamos capaces de escuchar e intentar ver desde los ojos del otro".

Pero como ignoro las sabiondas interioridades de la ciencia económica (aunque sé que no es exacta ya que, si lo fuera, jamás habría habido crisis económicas en el mundo o éstas serían o habrían sido obra de la maldad del diablo); y como tampoco podría sustentar la tesis de que a esa incierta ciencia le es imposible procrear certezas, me escapo del tema y voy a lo mío, a la política, asunto también incierto, a pesar de los esfuerzos hechos desde los tiempos de Machiavello para darle exactitudes.

Insistiré una vez más en una cuestión sobre la que vengo trillando desde hace tiempo, aunque inútilmente, pues nadie me hace caso a pesar de lo meridiano de mis razones y de las pruebas contundentes que cito. Ni el procurador de la república, ni la fiscal de la nación, ni autoridad alguna (he acudido a varias) se dan por enterados de mi insistente pregunta: ¿quién, muy poderoso, protege al prófugo Fujimori?

El pedido de ascensos para el grupo Colina es anterior a La Cantura y Barrios Altos.

Y no se diga que el tema ha perdido actualidad, pues todas las semanas la prensa insiste, con mayor o menor énfasis, en que Japón tendrá que extraditar al ex mandatario porque ya se le formalizó o se le está formalizando la acusación por delitos de lesa humanidad, circunscribiéndola eso sí a los casos de La Cantuta y Barrios Altos. Lo que es una farsa, un engañabobos, porque nuestras autoridades saben muy bien que la prueba principal que se menciona (el pedido de Alberto Fujimori para que sean ascendidos los criminales) no es vinculante con ninguno de esos dos casos. El pedido de ascensos fue anterior a La Cantuta y Barrios Altos.

¿Fujimori sería por lo tanto inocente? No; al contrario. Si se va al fondo del asunto, el delito de lesa humanidad del prófugo ex presidente es inmensamente mayor, porque esos dos hechos criminales si son vinculantes con todas las atrocidades cometidas a fines del año 90 y principios del 91, de las que el propio Fujimori se acusa, con su firma, en tres documentos (tres y no sólo uno) pidiendo primero y luego exigiendo y ordenando en su calidad de Jefe Supremo de la Fuerza Armada el ascenso del grupo Colina (del grupo completo) por "los servicios prestados en las universidades del país", según reza la "Hoja de análisis" del Ejército, firmada por el general Alfonso Robledo del Águila y emitida al día siguiente del tercer memorándum firmado por Fujimori el 30 de julio del 91, en el que no pide sino ordena los ascensos y hace referencia al memorándum anterior, del 25 de junio, el que, al parecer, no fue atendido por un comando que se resistía a la mafia.

¿Y qué había ocurrido a fines del 90 y principios del 91 en las universidades del país, en el frente al que correspondían las acciones del grupo premiado, según está escrito en el "Análisis", que firma el general Robledo?

En ese lapso se habían hallado cadáveres de estudiantes con signos de tortura en diversos lugares, principalmente en Huancayo, donde la Fiscalía había denunciado la desaparición de 61 estudiantes de la Universidad del Centro.

Aquí sí se cierra el círculo, haciendo vinculantes todos los asesinatos y torturas de antes y después del "mandato" de Fujimori para premiar por "trabajos especiales de inteligencia" a los siguientes oficiales: Fernando Rodríguez (general considerado jefe del grupo Colina), general Roberto Páucar (hermano del amigo escolar de Fujimori, _quien presidió Teléfonos del Perú y fue luego director de Telefónica), general Luis Cubas (el cuñado de Montesinos) y el coronel Roberto Huamán Ezcurra (los ojos y oídos del régimen fujimorista). Completan la lista los tres esbirros principales del grupo: Martin Rivas, Pichilingue y Robles.

¿No sabía lo que firmaba el prófugo Fujimori, no una vez sino tres veces (25 de junio, 9 de julio y 30 de julio de 1991), pidiendo primero y luego ordenando los ascensos de la camarilla que organizó y protagonizó el horror sangriento del decenio fujimorista?

Los crímenes de Huancayo si hacen vinculante el pedido de ascensos con todo el horror del decenio, del 90 al 2000.

¿Por qué hasta hoy esconden, callan y eluden tocar estos hechos los jueces, fiscales y procuradores encargados de acusar a Alberto Kenya Fujimori, el cabecilla de la banda? ¿Por qué engañan a sabiendas de que sus acusaciones contra el ex mandatario, hasta hoy, no serán tomadas en serio por ningún tribunal internacional y menos por la justicia japonesa, obligada a defender al nuevo súbdito de su majestad Akihito? ¿Por qué no se ha llamado a declarar al general Robledo del Águila, firmante de la "Recomendación N° 003 CP-JA-PE 1b", donde se hace el análisis de por qué el Ejército está obligado a cumplir el "mandato" de su jefe supremo?

Muchas otras preguntas podría añadir, pero quedarían reducidas a una larguísima letanía en busca de una respuesta que extrañamente nadie me quiere dar. ¿Por qué? ¿Por qué se llenan a diario los medios de difusión con declaraciones sobre la inminente extra-dicción de Fujimori, a sabiendas de que todo lo que dicen es una farsa?