César Landa: “El TC ya ha dicho
que el acaparamiento, incluso en medio escrito, es inconstitucional”
Ex presidente del Tribunal
Constitucional y actual decano de la Facultad de Derecho de la Pontificia
Universidad Católica del Perú.
César Romero C.
El que ejerce poder siempre
necesita un control porque tiende a hacerlo de manera arbitraria, dice el
reconocido jurista, para sustentar la necesidad de regular la propiedad de los
medios de prensa escrita en el país. El debate sobre el acaparamiento de medios
está abierto y el doctor Landa ofrece interesantes puntos de vista.
¿Cómo ve el debate sobre el
acaparamiento de empresas de prensa escrita en el Perú?
Desde el punto de vista
constitucional, la Carta Magna proscribe cualquier tipo de monopolio o práctica
que afecte la libre circulación de bienes. En particular, en relación a los
medios de comunicación, señala que está prohibido cualquier tipo de
acaparamiento. Estamos ante un tema tan delicado como el de la circulación de
las ideas, no en relación al contenido de las ideas, sino que no se acapare el
mercado de la circulación de las ideas.
En la radio y la televisión ya se
regula la propiedad.
Desde el año 2004, hay una Ley de
radio y televisión, la cual establece porcentajes o límites para el control que
pueda tener una persona o grupo. En radios 20% y televisión 30%. Ahora, tenemos
nuevas tecnologías de la comunicación: internet y televisión digital, donde al
igual que en la prensa escrita no hay regulación, todavía.
Allí se produce el acaparamiento.
Al no haber una norma, un grupo,
una persona puede tener no solamente el 50, 60, 70% sino hasta el 100%. Al no
haber una ley, lo que no está prohibido está permitido. En el Perú hemos tenido
un monopolio o control de la prensa, en los años 70 y luego en la década de los
90 de forma ilícita, comprando editoriales o medios de comunicación. Un
monopolio o acaparamiento público es tan pernicioso como puede serlo de un
sector privado.
¿Por qué pernicioso?
Quien tiene poder tiende a
ejercerlo de manera arbitraria. Es como la ley de la física. Si uno lanza una
manzana va a caer. En derecho constitucional o en derecho político decimos que
el poder se excede por naturaleza. Por eso el poder siempre tiene que estar
controlado. El poder inicialmente se ha encontrado en el Estado, pero ahora
está en las sociedades corporativas privadas, que hacen que los poderes
empresariales ejerzan igual o mayor poder que el público, que puede estar
deslegitimado.
¿Eso también se puede dar en las
empresas informativas?
En nuestro caso, quien concentra
casi el 80% de la prensa escrita en Lima y otro porcentaje importante en la
prensa escrita en provincias, de manera natural, va a llevar a una mayor
concentración, porque tiene mejores oportunidades de ofertar precios,
publicidad o incluso condiciones para los periodistas o reporteros; es una
tendencia de todo mercado.
¿De qué manera se puede
manifestar esa concentración?
Puede existir un tratamiento
unilateral de la realidad. Por ejemplo, la compra de Epensa por El Comercio no
ha sido materia de debate periodístico en el decano de la prensa, sino hasta
que el tema llegó a la Sociedad Interamericana de Prensa, lo que pone en claro
que hay temas que dejan de ser información pública, pese a ser un tema de
interés público.
También puede pasar en un proceso
electoral...
En un etapa electoral donde se
debaten ideas políticas y se elige a los gobernantes, el silenciamiento o la autocensura
del ente que controla el 80% de la circulación de las ideas pondría en riesgo
el necesario equilibrio que debe existir en todo proceso electoral.
Pero este poder natural podría
autocontrolarse, ¿por qué reglamentarlo desde el Estado?
Lo deseable siempre ha sido la
autorregulación. El año 2004, cuando se dio la Ley de radio y televisión
también se postulaba, por los medios, la autorregulación, que no existiera
intervención desde el gobierno. Sin embargo, la experiencia de los años 90 nos
pone en evidencia que eso no es suficiente y, por eso, es necesario establecer
ciertos principios básicos que sean parámetros de conducta.
¿Qué ha dicho el Tribunal
Constitucional sobre ese tema?
En materia de radio, hace unos
dos años se interpuso una demanda de inconstitucionalidad para que el tope
fuera eliminado o restringido. El tribunal desestimó esa demanda porque existe
un criterio razonable para evitar la concentración de la propiedad de todo
medio de comunicación. En ese sentido, ya hay un pronunciamiento del TC en vía
de principio, de que la concentración, incluso en prensa escrita, no sería de
carácter constitucional.
Entonces, ¿ahora el Poder
Judicial va a tener que regular la prensa escrita?
Nuestra Constitución lo que dice
es que cuando hay un vacío en la ley, el juez no puede dejar de impartir
justicia. En este caso debe compulsar los principios constitucionales o incluso
el derecho consuetudinario. Los jueces no tendrán que inventar, sino que
derivar de la Constitución, bajo principios de racionabilidad y
proporcionabilidad. Además, hay jurisprudencia del TC sobre cuáles son esas
limitaciones para evitar la concentración. De lo contrario, al no haber ley,
caeríamos en que un grupo podría copar el 100% de la presa escrita, lo que
sería absurdo.
¿Qué dice la jurisdicción
internacional?
El Sistema Americano de Derechos
Humanos tiene declaraciones en torno a la defensa de la libertad de información
y la pluralidad informativa y de evitar las formas de concentración. En otros
países democráticos existen limitaciones a la concentración de los medios de
diferente naturaleza. En Alemania, Estados Unidos o Inglaterra, donde hay
regulaciones, se ha prohibido compras que se han hecho de algunos diarios porque se violan los principios de la libre
competencia.
¿Pero esta regulación no podría
afectar otros derechos?
No hay que olvidar que las
libertades no son absolutas, porque estaríamos cayendo en el libertinaje. La
mejor garantía de ejercer la libertad es que esté regulada por el derecho. En
los países desarrollados incluso existe la prohibición de la propiedad cruzada,
es decir, quien tiene un medio televisivo no puede adquirir uno escrito o uno
radial. Aquí no hay una regulación en la materia y tenemos una propiedad
cruzada de medios.
¿El Congreso debe estar fuera de
este debate?
En la medida que el Poder
Judicial ya admitió una demanda de amparo para analizar la constitucionalidad o
no de dicha compra, me parece importante que se siga en esa línea. Ahora, que
el poder político pretenda presentar un proyecto y debatirlo no está en contra
de su competencia. La oportunidad, el momento, quizá es un tema que podamos
discutir. Tenemos un Parlamento bastante deslegitimado. El PJ no es que también
sea un poder lleno de virtudes, pero hay sentencias que pueden ser auscultadas
por parte de la opinión pública, hay un seguimiento que se hace de estos
procesos. Yo diría que los dos procesos no son oponibles. Pero creo que con un
buen sentido político, que es lo que corresponde al Parlamento, deberían ellos
optar por llevar estos debates en un momento más oportuno.
¿Es posible en este debate la
participación del Ejecutivo?
Tenemos libertad de opinión e
ideas de toda persona, con cargo público o no. Lo importante es la oportunidad,
saber cuándo decirlo. Me parece que es un debate que lo han planteado los
periodistas en el área judicial y es allí donde debe llevarse a cabo la
discusión con todas las garantías de independencia e imparcialidad.?