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DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA

DORIS GIBSON PARRA Y FRANCISCO IGARTUA ROVIRA
FRANCISCO IGARTUA CON DORIS GIBSON, PIEZA CLAVE EN LA FUNDACION DE OIGA, EN 1950 CONFUNDARIAN CARETAS.

«También la providencia fue bondadosa conmigo, al haberme permitido -poniendo a parte estos años que acabo de relatar- escribir siempre en periódicos de mi propiedad, sin atadura alguna, tomando los riesgos y las decisiones dictadas por mi conciencia en el tono en que se me iba la pluma, no siempre dentro de la mesura que tanto gusta a la gente limeña. Fundé Caretas y Oiga, aunque ésta tuvo un primer nacimiento en noviembre de 1948, ocasión en la que también conté con la ayuda decisiva de Doris Gibson, mi socia, mi colaboradora, mi compañera, mi sostén en Caretas, que apareció el año 50. Pero éste es asunto que he tocado ampliamente en un ensayo sobre la prensa revisteril que publiqué años atrás y que, quién sabe, reaparezca en esta edición con algunas enmiendas y añadiduras». FRANCISCO IGARTUA - «ANDANZAS DE UN PERIODISTA MÁS DE 50 AÑOS DE LUCHA EN EL PERÚ - OIGA 9 DE NOVIEMBRE DE 1992»

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«Cierra Oiga para no prostituir sus banderas, o sea sus ideales que fueron y son de los peruanos amantes de las libertades cívicas, de la democracia y de la tolerancia, aunque seamos intolerantes contra la corrupción, con el juego sucio de los gobernantes y de sus autoridades. El pecado de la revista, su pecado mayor, fue quien sabe ser intransigente con su verdad» FRANCISCO IGARTUA – «ADIÓS CON LA SATISFACCIÓN DE NO HABER CLAUDICADO», EDITORIAL «ADIÓS AMIGOS Y ENEMIGOS», OIGA 5 DE SEPTIEMBRE DE 1995

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LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU

LIMAKO ARANTZAZU EUZKO ETXEA - CENTRO VASCO PERU
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO

«Siendo la paz el más difícil y, a la vez, el supremo anhelo de los pueblos, las delegaciones presentes en este Segundo Congreso de las Colectividades Vascas, con la serena perspectiva que da la distancia, respaldan a la sociedad vasca, al Gobierno de Euskadi y a las demás instituciones vascas en su empeño por llevar adelante el proceso de paz ya iniciado y en el que todos estamos comprometidos.» FRANCISCO IGARTUA - TEXTO SOMETIDO A LA APROBACION DE LA ASAMBLEA Y QUE FUE APROBADO POR UNANIMIDAD - VITORIA-GASTEIZ, 27 DE OCTUBRE DE 1999.

«Muchos más ejemplos del particularismo vasco, de la identidad euskaldun, se pueden extraer de la lectura de estos ajados documentos americanos, pero el espacio, tirano del periodismo, me obliga a concluir y lo hago con un reclamo cara al futuro. Identidad significa afirmación de lo propio y no agresión a la otredad, afirmación actualizada-repito actualizada- de tradiciones que enriquecen la salud de los pueblos y naciones y las pluralidades del ser humano. No se hace patria odiando a los otros, cerrándonos, sino integrando al sentir, a la vivencia de la comunidad euskaldun, la pluralidad del ser vasco. Por ejemplo, asumiendo como propio -porque lo es- el pensamiento de las grandes personalidades vascas, incluido el de los que han sido reacios al Bizcaitarrismo como es el caso de Unamuno, Baroja, Maeztu, figuras universales y profundamente vascas, tanto que don Miguel se preciaba de serlo afirmando «y yo lo soy puro, por los dieciséis costados». Lo decía con el mismo espíritu con el que los vascos en 1612, comenzaban a reunirse en Euskaletxeak aquí en América» - FRANCISCO IGARTUA - AMERICA Y LAS EUSKALETXEAK - EUSKONEWS & MEDIA 72.ZBK 24-31 DE MARZO 2000

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domingo, 4 de agosto de 2013

LA TERCERA

BORRADOR DEL MENSAJE DEL GENERAL SIMÓN BOLÍVAR
AL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ,
10 DE FEBRERO DE 18251

Señores:

La República se felicita en este día por la reunión de sus Representantes en  medio del triunfo de sus armas y de la paz interior.

Un año a que el Congreso me encargó de la suprema autoridad de la  República con la mira de salvar las reliquias de su patria que se hallaban  nadando en un piélago de infortunios. Este pequeño período parecía destinado por la Providencia para ser testigo de los más extraordinarios extremos de mal y de bien. La República tocaba a su fin; pero el Ejército Libertador por la victoria de Ayacucho la ha reintegrado en la plenitud de sus derechos. Así, mi primer ruego al Congreso es que apruebe la ley de recompensa al Ejército vencedor y que aumente, si es posible, los testimonios de la gratitud nacional hacia el Ejército.

La cuna del imperio de Manco Cápac ha puesto a los pies de los libertadores  las cadenas que en trescientos años se remachaban cada día. El Perú todo ha  entrado bajo el sagrado imperio de la naturaleza; goza de su libertad.

La época de mi administración no puede llamarse sino una campaña; el tropel de los acontecimientos adversos sólo nos prescribía la defensa; por tanto hemos combatido solamente.

El Ejército se ha organizado sobre una base moral y militar que no parecía fácil de lograr en medio del tumulto de las pasiones intestinas que dividían el seno  de la patria. El Ejército del Perú ha vencido en el campo de batalla y además  puede garantizar la paz doméstica. El Congreso y el pueblo peruano deben  contar con él.

Los tribunales se han restablecido de un modo que no puede dejar de producir a los ciudadanos las más lisonjeras esperanzas de orden y de justicia. Yo no  he exigido más que probidad de los candidatos; he desatendido a los  pretendientes, he solicitado la virtud oculta para elevarla al magisterio. Mi  constante principio en esta parte ha sido el muy conocido, aunque desandado, el no emplear sino a los que temen la responsabilidad, a los que huyen de los  destinos públicos. Lo mismo ha sido con respecto a la composición de la  hacienda nacional. Por lo menos ha sido ésta mi intención porque me he  conceptuado responsable ante la República, si despreciaba la oportunidad única que se ofrecía para reorganizar el Estado sobre la probidad y los talentos  de sus más distinguidos ciudadanos sin atender a otra consideración y aún desechando el clamor de los agraviados.

Estoy lejos de pensar que la composición del Estado tal como se ha verificado sea perfecta; por el contrario, creo que el Congreso o el Poder Ejecutivo tendrá que rectificar muchas de mis operaciones administrativas y aún mejor la elección de los funcionarios. Todo ha sido de repente y por lo mismo todo admite mejoras. Con esta mira, mis providencias y mis nombramientos han sido provisorios, momentáneos. Yo no he querido encargarme de la responsabilidad en el futuro, porque no siendo yo peruano, tampoco poseo la ciencia del país y menos aún la conciencia de los hombres, que a decir verdad no conozco ni aún de nombre.

Las rentas nacionales estaban en un desorden lastimoso. Se han aumentado y corregido algunos de los abusos, se han puesto penas terribles contra los agentes del tesoro que contribuyan a defraudar las rentas públicas. Yo sé que las penas capitales participan de la crueldad; pero la existencia del Estado es preferente a todo. Así, no he vacilado en mostrarme severo contra los delincuentes que se alimentan de la sangre de sus conciudadanos. El Congreso sabe que la inmoralidad en esta parte será trascendental a la existencia misma de la sociedad. Por tanto he juzgado de una necesidad vital la publicación de leyes severas.

Nuestras relaciones con la República de Colombia son las que han salvado a la República de su completa aniquilación. Los auxilios de nuestra aliada y confederada no han tenido medida, han sido super-abundantes. Los Ejércitos, los arsenales, el tesoro, el poder todo de Colombia ha volado en nuestra ayuda. Por tanto mi deseo era dirigir una legación cerca del gobierno de Colombia a tributarle la efusión más viva y más cordial de la gratitud peruana.

Mas he dejado este sublime deber, a quien lo puede ejecutar en nombre de la comunidad, en nombre del soberano.

El resto de nuestras relaciones diplomáticas no merecen mencionarse; nadie las ha cultivado, porque la suerte del Perú vacilaba. Ahora que su dignidad se ha recobrado no dejaremos de tener amigos.

Los agentes comerciales de Inglaterra y los Estados Unidos han venido a esta capital a tiempo que los enemigos la ocupaban. El primero falleció desgraciadamente antes de ocuparla nuestras tropas. El segundo está ejerciendo sus funciones en beneficio del comercio americano.

Por nuestra parte hemos conservado un agente en la capital de Chile, con el objeto de conservar las relaciones de amistad en aquella República. Juzgándose ya innecesario allí, se le ha mandado volver.

Hoy es el día, señores, de la libertad del Perú. En Ayacucho se terminó la  guerra continental y en este augusto recinto se le consagra a la nación peruana  el magnífico sacrificio de sus derechos. Hoy es libre, porque hoy no tiene  enemigos y hoy no tiene un dictador. La Constitución, los Representantes del  pueblo, los magistrados que vais a nombrar; estos son los jefes naturales del  Perú. Fuera de ello todo es monstruoso, absurdo. Yo no soy peruano, no soy  ciudadano, pertenezco a otra nación y soy su jefe. Yo no puedo gobernar el  Perú, pero puedo gloriarme de haber visto nacer su libertad de entre sus  ruinas, por la inspiración sublime del Congreso, que nombró la dictadura y  ensartó sus leyes en las bayonetas del Ejército Libertador.

El Congreso queda instalado y yo he terminado mi dictadura.

1 Gaceta del Gobierno de Lima, 13 de febrero de 1825. Tomado de Pedro Ugarteche y Evaristo San Cristóbal, Mensajes de los presidentes del Perú, volumen I (1821-1867), Lima, 1943.


sábado, 3 de agosto de 2013

LA TERCERA

DECRETO DEL CONGRESO CONSTITUYENTE OTORGANDO
NUEVAMENTE PODERES DICTATORIALES AL LIBERTADOR
Simón Bolívar
EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL Perú


Considerando:

1. Que la República queda expuesta a grandes peligros por la resignación que acaba de hacer el Libertador Presidente de Colombia Simún Bolívar, del poder dictatorial, que por decreto de 10 de febrero anterior, se le encarga, para salvarla;
2. Que solo este poder, depositado en el Libertador, puede dar consistencia a la República;
3. Que el Libertador lo ha ejercido conforme a las leyes, en contraposición de las facultades que le ha franqueado la dictadura, dando un singular ejemplo en los anales del mundo absoluto;
4. Que el Libertador se ha resistido a continuar en el ejercicio de este mismo poder, a pesar de habérsele conferido por el Congreso, tanto por la razón que expresa el fundamento 3º, como por la extraordinaria confianza que del Libertador tiene la nacían;
5. Que nunca ha sido observada la ley fundamental, sino bajo la administración del Libertador, a pesar de que ha estado en sus facultades suspender el cumplimiento de sus artículos;
6. Que el Libertador ha dado los testimonios más ilustres de su profundo amor por la libertad, orden y prosperidad de la República y de su absoluta resistencia al mando:

Ha venido en decretar y decreta:

1º El Libertador queda, bajo de este título, encargado del supremo mando político y militar de la República, hasta la reunión del Congreso que prescribe el artículo 191 de la Constitución.
2º Este Congreso se reunir· en el año 26 dentro del periodo que señala la Constitución, en conformidad del artículo 53 de la misma.
3º No podrá· reunirse antes, atendida la moderación del Libertador en procurar siempre la convocatoria de los Representantes del pueblo; pero si podrá· diferirla, por esta misma razón, si lo exigieren la libertad interior y exterior de la República. 4º El Libertador podrá· suspender los artículos constitucionales, leyes y decretos que estén en oposición con la exigencia del bien público en las presentes circunstancias y en las que pudieren sobrevenir; como también decretar, en uso de la autoridad que ejerce, todo lo concerniente a la organización de la República.
5º El Libertador puede delegar sus facultades en una o más personas del modo que lo tuviere por conveniente para el régimen de la República, reservándose las que considere necesarias.
6º Puede igualmente nombrar quien lo sustituya en algún caso inesperado.

Imprímase, publíquese, circúlese y comuníquese al Libertador.


Dado en la sala del Congreso en Lima a 10 de febrero de 1825.- 4º de la República.- José María Galdiano, Presidente.- Joaquín Arrese, Diputado Secretario.- Manuel Ferreyros, Diputado Secretario.

LA TERCERA

DECRETO DISPONIENDO QUE EL LIBERTADOR SIMÓ N BOLÍVAR ASUMA
LA SUPREMA AUTORIDAD POLÍTICA Y MILITAR DE LA REPÚ BLICA,
QUEDANDO EN SUSPENSO LA DEL PRESIDENTE
Y EN RECESO EL CONGRESO
EL CIUDADANO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


Por cuanto el Soberano Congreso Constituyente se ha servido decretar lo siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ

Usando de la soberanía ordinaria y extraordinaria que inviste y considerando:

1º Que faltaría a la confianza que ha depositado en él la nación si no asegurase, por todos los medios que están a su alcance, las libertades patrias amenazadas, inminentemente, de perderse por los contrastes que ha sufrido la República.
2º Que sólo un poder dictatorial depositado en una mano fuerte, capaz de hacer la guerra cual corresponde a la tenaz obstinación de los enemigos de nuestra independencia, puede llenar los ardientes votos de la Representación Nacional.
3º Que atendidas las razones que se han tenido presentes, aún no es bastante para el logro del fin propuesto, la autoridad conferida al Libertador Simón Bolívar, por el decreto del 10 de setiembre anterior.
4º Que el régimen constitucional debilitaría sobre manera el rigor de las providencias que demanda la salud pública, fincada en que todas parten de un centro de unidad, que es incompatible con el ejercicio de diversas supremas autoridades, a pesar de los extraordinarios esfuerzos y de las virtudes eminentemente patrióticas del Gran Mariscal don José Bernardo Tagle, Presidente de la República, a quien ésta debe en mucha parte su in dependencia y cuyos conatos perfectamente uniformes con los del Congreso, están exclusivamente dirigidos al bien de la nación.
Ha venido en decretar y decreta:
1º La suprema autoridad política y militar de la República queda concentrada en el Libertador Simón Bolívar.
2º La extensión de este poder es tal, cual lo exige la salvación de la República.
3º Desde que el Libertador se encargue de la autoridad que indican los artículos anteriores, queda suspensa en su ejercicio la del Presidente de la República, hasta tanto que se realice el objeto que motiva este decreto; verificado el cual a juicio del Libertador, reasumirá el Presidente sus atribuciones naturales, sin que el tiempo de esta suspensión sea computado en el periodo constitucional de su Presidencia.
4º Quedan sin cumplimiento los artículos de la Constitución Política, las leyes y decretos que fueren incompatibles con la salvación de la República.
5º Queda el Congreso en receso, pudiéndolo reunir el Libertador siempre que le estimare conveniente para algún caso extraordinario.
6º Se recomienda al celo que anima al Libertador por el sostén de los derechos nacionales la convocatoria del primer Congreso Constituyente, luego que lo permitan las circunstancias, con cuya instalación se disolverá el actual Congreso Constituyente.
Tendréislo entendido y dispondréis lo necesario a su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso en Lima a 10 de febrero de 1824.- 5º y 3º.- José María Galdiano, Presidente.- Joaquín de Arrese, Diputado Secretario.- José Bartolomé Zárate, Diputado Secretario.-
Al Presidente de la República.

Lima, febrero 17 de 1824.- Guárdese y cúmplase este decreto del Soberano Congreso, publíquese por bando y comuníquese a quienes corresponda.- José
Bernardo Tagle, Presidente.- Hipólito Unanue.

 Por tanto ordeno y mando se guarde, cumpla y ejecute en todas sus partes por quienes convenga; dando cuenta de su cumplimiento el Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.- Dado en Lima a 17 de febrero de 1824. 5º y 3º.-

Tagle.- Hipólito Unanue.