Documentos de la Nunciatura
Apostólica de Madrid
SOBRE LAS APARICIONES DE EZKIOGA
(1931-1934)
II
EL DOSSIER ECLESIÁSTICO
B
DOCUMENTACIÓN DE LA NUNCIATURA
DE MADRID
Documento 13
Cuadernillo del BOOV,
1933, pp. 525-530.,
Sobre la supuesta
sobrenaturalidad de lo que ocurre en Ezquioga.
Es deber
propio y gravísimo de Nuestro pastoral ministerio velar por la pureza de la fé
y costumbres, por el honor y prestigio de Nuestra religión santa y por el
decoro y dignidad de su culto y de sus prácticas, e impedir, por consiguiente,
cuanto en ellas quiera introducirse de abusivo, falso, indigno o supersticioso.
Y es
evidente, Venerables Hermanos y amadísimos Hijos, cuánto puede contribuir al
desprestigio de la Religión, que, por la gracia de Dios, profesamos y al de los
motivos de credibilidad en que está fundada, así como a poner en ridículo su
culto y sus prácticas ante ciertos espíritus, el que sean tenidas y propagadas
como verdaderas sobrenaturales revelaciones, apariciones, éxtasis y proféticas
visiones, hechos y dichos cuyo carácter sobrenatural no ha sido declarado por
el juicio de la Santa Iglesia, y mucho más todavía, si del examen de los mismos
y de las diversas circunstancias que en ellos concurren resulta manifiesta, no
sólo la ausencia del factor sobrenatural en ellos, sino la intervención de
agentes que en manera alguna están movidos por el espíritu de Dios, que es
espíritu de verdad, de bondad, de caridad y de toda virtud.
Cuando el Señor quiere revelarse y manifestarse a nosotros,
en Sí mismo o en sus Santos, pone en sus manifestaciones y revelaciones notas y
señales indicadoras de su intervención, que a la Iglesia toca discernir.
Tomar por milagros y profecías, por revelaciones y
apariciones sobrenaturales hechos y dichos cuyo sobrenaturalismo no está
debidamente comprobado, y en los que hay manifiestos indicios de todo lo
contrario, es dar pretexto a los impíos e indiferentes en Religión para hacer
creer que son de esa misma naturaleza los hechos maravillosos con que el Señor
quiso sellar y confirmar la verdad de la Religión santa por Él a nosotros
revelada; y el andar buscando con ansias vanas verla constantemente confirmada
con nuevos prodigios y maravillas es manifiesto indicio de poca firmeza,
solidez e ilustración en esa misma Religión.
BIEN COMPRENDÉIS, VENERABLES HERMANOS Y AMADÍSIMOS HIJOS, QUE
EN TODO ESTO QUEREMOS REFERIRNOS Y LLAMAR VUESTRA ATENCIÓN SOBRE LO QUE, DESDE
HACE YA MÁS DE DOS AÑOS, OCURRE Y SE DICE QUE OCURRE EN LA CAMPA DE ANDUAGA DE
EZQUIOGA.
Se habla de apariciones de la Virgen, hasta por miles de
veces, y a muchas personas, de revelaciones suyas repetidísimas, de profecías
que ha hecho de acontecimientos para días que ya pasaron, de éxtasis; impresión
de llagas, manifestaciones de secretos, etc., etc.
Hechas las debidas observaciones, examinados todos los antecedentes
que poseemos, previos los debidos asesoramientos y oída que ha sido sobre ello
la Comisión de Vigilancia, tenemos que declarar y declaramos que, no sólo no se
ha comprobado indicio alguno que permita atribuir carácter sobrenatural a lo
que en Ezquioga ocurre y se dice ocurrir, sino que de muchas maneras se ha
manifestado allí el espíritu del mal y de la mentira, sin que esto signifique
que atribuyamos mala fe a cuantos en Ezquioga intervienen, ni que neguemos, en
casos, el concurso de causas naturales obrando de una manera anormal e
irresponsable.
Dejando aparte las características de los fenómenos de
Ezquioga que están muy lejos de ser las
de una intervención sobrenatural divina , la falsedad documentalmente
comprobada de manifestaciones proféticas puestas en boca de la Virgen, los
errores y absurdos a la misma atribuídos
v. gr., que Dios no perdona a los que no creen en Ezquioga, que la
Virgen concede tales o cuales indulgencias, que aconseja no obedecer al Obispo,
o no ir a visitarle «porque hay que pasar la frontera» etc. , y la puerilidad
de muchas cosas, que los llamados “videntes” dicen ver y consultar a la
aparición y de las contestaciones que de ella reciben, queremos destacar
singularmente, además de otros escándalos que son del dominio público, la
conducta de tenaz desobediencia y rebeldía manifiesta de algunos de los
supuestos «videntes» y de algunas personas que se han constituido en
protectores suyos y en panegiristas y propagandistas del supuesto
sobrenaturalismo de lo que en Ezquioga ocurre.
Por mandato especial Nuestro prohibió Nuestro Vicario
general, estando Nos en el destierro, la venta y difusión de estampas,
fotografías e impresos en que se diera por cierta la realidad sobrenatural de
las apariciones de Ezquioga, y, con el mismo mandato, prohibió a los Sacerdotes
el acceso al campo de Ezquioga, a fin de evitar que su presencia allí indujera
a los fieles a creer .en dicha realidad sobrenatural; y con el mismo fin
prohibimos Nos la construcción de una capilla en aquel lugar, y la colocación
de una imagen, y Nos negamos a erigir allí el santo Vía-Crucis; y, por medio de
sus respectivos párrocos, hemos ordenado a varios de los llamados videntes que
se abstengan de acudir al campo de Ezquioga y de proceder como hasta el
presente han procedido.
Pues bien, continúan yendo al campo de Ezquioga algunos de
dichos «videntes» y otros eligen otros lugares .como campo de sus exhibiciones;
se colocó allí una imagen y se levantó una especie de templete; se sigue
haciendo la propaganda de fotografías, de estampas, de impresos y de escritos
mecánicamente multicopiados, en que, aparte de no pocas falsedades,
puerilidades e irreverencias que varios de ellos contienen, se da por cierta la
sobrenaturalidad de lo que en Ezquioga ocurre y se dice ocurrir; se han
repartido impresos con «cánticos a la Santísima Virgen de Ezquioga” y con un
«himno a la Virgen de Ezquioga”, para que los canten los fieles en sus
reuniones, etc., etc.; y, lo que es más de lamentar, con frecuencia está allí
un religioso exclaustrado, sin licencia de su. Prelado y sin la Nuestra, en
manifiesta rebeldía, quebrantando la prohibición impuesta a los Sacerdotes y
notificada a él personal y reiteradamente, y atribuyéndose el oficio, que nadie
le ha dado, de director espiritual de los «videntes». Por su obstinación y
pertinacia Nos creemos en el deber de denunciar y reprobar públicamente su
escandalosa conducta, como Nos complacemos en alabar la edificante seguida por
el Venerable Clero, por la Prensa católica y por los fieles en general desde
que apareció la nota publicada por la Vicaría General con ocasión de la
supuesta sobrenatural impresión de llagas en las manos de una de las
«videntes».
NO PUDIENDO, PUES, DEMORAR POR MÁS TIEMPO, DESPUÉS DE NUESTRO
REGRESO A LA DIÓCESIS, NUESTRA INTERVENCIÓN PÚBLICA Y OFICIAL EN ESTE ASUNTO Y
QUERIENDO, COMO ES DE NUESTRO DEBER, PONER REMEDIO A TANTO ABUSO:
1.º PROHIBIMOS TODAS LAS ESTAMPAS, FOTOGRAFÍAS E IMÁGENES, DE
CUALQUIERA CLASE, EN LAS QUE, EN CUALQUIER FORMA QUE SEA, SE DÉ POR SUPUESTA LA
REALIDAD SOBRENATURAL DE LOS FENÓMENOS DE EZQUIOGA, Y ENCARGAMOS A QUIENES LAS
TUVIEREN EN SU PODER QUE LAS ENTREGUEN A LOS RESPECTIVOS PÁRROCOS.
2.º Prohibimos asimismo el canto y la recitación de los
titulados “Cánticos a la Santísima Virgen de Ezquioga» e «Himno a la Virgen de
Ezquioga».
3.º Prohibimos igualmente retener, leer, difundir y propagar
oraciones, novenas, y cualesquiera libros, impresos o escritos multicopiados
que se han publicado, y los que, tal vez, en adelante se publicaren, sin la
previa censura y licencia eclesiástica prescrita para estos casos por los
sagrados cánones, y declaramos ilegítima; a tenor de lo prescrito en el canon
44, 1º , la que aparece consignada en el opúsculo titulado “La verdad sobre
Ezquiaga», porque-contra lo ordenado en dicho canon fue obtenida sin dar cuenta a la Curia que la
suscribe de que esa misma licencia había sido negada por otro Ordinario, a
quien anteriormente se había pedido. Encargamos asimismo a los fieles que
entreguen a sus respectivos párrocos los impresos o escritos a que en este
número y en el anterior Nos referimos.
4.º Los párrocos, que tengan en su feligresía alguno .de los
supuestos «videntes», le notificarán, en presencia de dos testigos, Nuestra
prohibición de acceso a la campa de Ezquioga y a otros lugares donde se
celebren reuniones para tener lo que llaman «visiones”, bajo la pena de
negarles la sagrada Comunión si faltaren a ella; y Nos darán cuenta de haberlo
así verificado y del modo cómo se observe esta prohibición, que sancionaremos
con otras penas en caso de perseverante obstinación.
5.° Exhortamos, finalmente, a los pocos fieles que siguen
acudiendo a dicho campo y reuniones a que se abstengan en lo sucesivo de
hacerlo, dando así prueba de la sumisión de su criterio particular al de la
legítima Autoridad eclesiástica y de verdadero celo por el honor de la
Santísima Virgen y de Nuestra sacrosanta Religión.
VITORIA, 7 DE SEPTIEMBRE DE 1933.
+ MATEO, OBISPO DE VITORIA.
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